Y el fallecido titular de la hipoteca no tenía seguro de vida que cubriese dicha deuda? Aparte no creo que sea tan fácil cambiar una hipoteca por fallecimiento, pues es una deuda que se tendría que incorporar a la masa hereditaria, con sus correspondientes trámites burocráticos, .... No creo que lo tengáis listo en 15 días, pero ni de broma.Saludos
La lesionada va a denunciar si no llegáis a un acuerdo económico por las lesiones, pero lo normal, es hacerlo por la vía civil para poder cobrar lo que corresponda. En cuanto a la vía penal, yo no lo he visto, pero está en su derecho, e incluso el fiscal puede hacerlo de oficio. No se el recorrido que tendría. Saludos
Emmamani yo no veo tan claro que en este caso exista DOLO, si una de tantas "cagadas al volante" que se hacen muchas veces, pero DOLO como tal no lo veo, y la cia tendría que demostrarlo en el juzgado en caso de solicitar la repetición y que el de la toga diga que es así.Por otro lado, la multa y demás consecuencias no hay quien se la quite. Saludos
Como te comenta Emmamani si no hay alcoholemia, drogas,.... el seguro se hará cargo de toda la responsabilidad civil sin mayor problema. En cuanto a la parte penal, de existir, si o si le toca tu prima. Dependiendo lo que haya hecho puede quedar en nada, o ser más grave y tener multa y pérdida de permiso de conducir.Saludos
Siempre cabe la posibilidad de un fallo en la fabricación de un electrodoméstico, y por pura estadística, es normal que 1 de cada X miles/millones de unidades pueda provocar un siniestro grave por fallo del aparato. Si el incendio ocurre con gente en la vivienda, se queda en un percance que no se entera más que el vecino y si acaso, pero por desgracia siempre existe la posibilidad de lo que ha pasado en Valencia. Un cúmulo de casualidades que da lugar a una desgracia.Saludos
Yo ya no se. Muchas veces es falta de coberturas, otras falta de información y otras desidia total. En el banco te van a decir, en el 99% de los casos, que llames al tfl de turno y que te mates con la compañía. La oficina con colocar el seguro y cubrir sus números, les sirve.Saludso
Te tienes que pelear con Mutua Madrileña. Es posible que te estén aplicando algún tipo de depreciación en las piezas. La opción que te queda es solicitar la cobertura de reclamación de gastos (o como lo llame MM) y reclamar a AXA.Saludos
Como te han comentado, ¿has hablado con el gestor de la comunidad o es todo el edificio tuyo? Si es filtración de la terraza, arregla la comunidad y paga los daños interiores el seguro. Creo que estás disparando a donde no correspode.Saludos
Te comento por experiencia siendo la "parte contratante de la primera parte", lo que viene siendo aseguradores de comunidad. Dos incendios en la misma comunidad, con 3 años de diferencia, en ambos nos recobraron la parte de continente. En un principio se hicieron cargo los seguros particulares, para posteriormente recobrar a la póliza comunitaria el % de indemnización resultante. Con lo cual el continente, con la póliza hecha de manera correcta y atendiendo a las peculiaridades de cada compañía, si estaría cubierto por el seguro comunitario en caso de incendio.Saludos
Aparte de que la reemisión de pólizas, así se llama lo que intentas hacer, la compañía no lo permite, es muy posible que la oferta que veas en la web no sea la misma póliza que tu tienes contratada. En tu póliza también tienen en cuenta la siniestralidad asociada a la misma, y en una nueva contratación, digamos que entras limpio, con máxima bonificación, con lo cual suelen ser primas más económicas.Saludos