Pues Francisco tienes un problema porque si como dices "contrate los servicios de un abogado que se llevaría un 5% de la venta" parece que tendrás que darle el 5% de la venta aunque no haya movido un dedo. Hay que tener cuidado con lo que se contrata y cómo.
Si tienes algo firmado con ese abogado o algún documento que lo atestigüe (un e-mail) lo tienes perdido, si es solo un contrato verbal sin más pruebas es como si no hubiera nada.
Saludos.
Si no eres autonomo, ¿cómo cobras tus emolumentos? Vamos que si cobras por hacer trabajo y no estás dentro de ningún regimen de la seguridad social, creo que hay algo que estás haciendo mal. Consultalo con Tesorería de la Seguridad Social.
Del contrato solo has de contar con un contrato tipo de prestación de servicios: http://cartastipo.blogspot.com/2011/01/modelo-contrato-prestacion-servicios.html (esto es algo muy básico).
Darte de alta como autonomo supone que has de pagar la cuota mensual que está alrededor de 250€ y has de hacer los trimestrales de IVA, te podrás deducir el IVA soportado y has de cobrar un repercutido a tus clientes.
No se trata de lo que te conviene, sino de lo que debes hacer.
Saludos.
Hola Boyan,
Las salidas de ADE son muchas, pero para ello has de saber vender. Lo más importante en el mundo laboral es la venta por encima de la técnica, por eso dan igual los estudios si no sabes venderte y vender producto estás en la misma situación.
La sumisión laboral la origina la falta de crítica. Si vas a un trabajo a hacer lo que te mandan sin reflexionar qué de bueno tiene para la empresa tu labor poco vas a sacar de ese trabajo. Es como el que va a estudiar y no reflexiona sobre lo que aprende, simplemente dicta de carrerilla los apuntes que ha ido cogiendo al dedillo de lo explicado por el profesor.
El talento siempre encuentra su lugar por encima de la mediocridad.
Dos premisas básicas para crear una empresa: conocer el sector de actividad (es buena una experiencia previa de unos años para saber a qué puertas llamar) y conocer la acción de emprender (es bueno empezar en una start-up).
Saludos.
¿Esta es una pregunta de ejercicios de la facultad? Si eres estudiante, creo que antes de preguntar a los demás, deberías contestar a sus dudas, es como más se aprende.
Saludos, sin ninguna acritud, pero confiamos en vosotros para sacar a España del 23% de desempleo.
La solicite a través de Internet y me pidieron justificar los ingresos a través de las últimas nóminas, pero al ser autónomo me pidieron también la última declaración de la renta.
Pues si el parte no estaba claro, entonces ya no es tanta culpa de la aseguradora. Si tienes contratada asistencia jurídica no se pueden negar a prestarla.
¿Cuándo una persona física se considera residente en España?, y ¿cuándo no residente?
Una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este periodo de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración Tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural. (NO ES TU CASO)
- Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta. (NO ES TU CASO)
Persona física residente en España
- Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario. (PODRÍA SER TU CASO)
No perderán la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro periodos impositivos siguientes.
Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumplan ninguno de los requisitos anteriores.
Si tu mujer y tus hijos residen en España, se consideraría residente a efectos de tributación.
Tienes todo el derecho a defender lo que crees es tuyo. Si lo pone en tus coberturas pues defiende tus derechos, pero utilizas un medio para decir que Biharko engaña a sus clientes cuando con la información que has dado yo no puedo llegar a juzgar si Biharko engaña a sus clientes o son sus clientes los que engañan a Biharko y te digo esto sin ninguna acritud. Simplemente decir que si yo trabajase en los riesgos de una compañía de seguros no incluiría nunca ese riesgo en mis coberturas de un seguro de hogar.
En estos casos la información que se hace en el croquis del siniestro es básica. Si das con un espabilado en contrario te la puede liar bien, aunque él sea el culpable.
Cuando rellenas el parte de siniestro ninguna de las dos compañías está presente. Si tu eres el culpable, es tu compañía quien debe pagar el siniestro por lo que no creo que se pongan en tu contra, sino a tu favor. Supongo que piensas que Linea Directa se pone a favor de los otros porque los daños del camión fueron menos que los de tu vehículo. En cualquier caso si la culpa fuese del camión, sería la otra compañía la que se debería hacer frente de arreglar tu coche y a Linea Directa le saldría gratis. Vamos que Linea Directa debe estar de tu parte y si no te han apoyado es porque el siniestro no estaba claro.
Siento no estar de acuerdo en la calificación del comportamiento de la compañía por tu parte, quizá sea por la forma en que yo entiendo un seguro. Las aseguradoras cada vez meten más coberturas para ser competitivas y también tienen cada vez más fraude derivado de esas coberturas.
No quiero decir que sea tu caso, pero la denuncia de un atraco del movil en el extranjero da pie a ser tan facilmente manipulable que entiendo a la compañía que no pague esos siniestros y la cobertura que han metido para cubrir ese tipo de siniestros o esta muy bien redactada o no puede por menos que llevarle a estos problemas.
Saludos.