Hola Bawino, puedo comentarte que en el caso de mi madre, lo he solucionado. Pedí cita en el INSS y con un poco de información, es decir, que alguién te asesore en el tema de mínimos, conseguí que le modificarán la pensión, todo arreglo a ley.En el caso de mi madre el hecho de vender una pequeña parcela rústica hace dos años, esto estaba reflejado en la Renta. Claro, cuando la funeraria nos pidió la copia de renta para ellos tramitar la pensión de viudedad, en ese momento no te planteas muchas cosas. Luego, viendo el porque no le aplicaban el mínimo a que tenía derecho te das cuenta que la venta de la parcela supone un ingreso patrimonial. Esto se tiene en cuenta para el cálculo de la pensión. Pero claro... esto es una venta puntual. NO todos los años vendes parcelas rústicas, ni nada parecido. Es decir, ellos se basan en los ingresos que tu declaras en la Renta para el cálculo de la pensión. Debes tener en cuenta otros factores de ingresos, o pensiones, cargas familiares y demás.En fin, reitero, mira a ver ingresos de tu madre y en función de las mismas, asesorate porque los del INSS facilitar las cosas, no lo hacen, ellos parce que lo paguen ellos y no... es un derecho que tenemos reconocido las personas, y parece que estos "funcionarios" (no todos), defiendan a un organismo que es de TODOS, no de ellos solos.Saludos