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Participaciones del usuario Pepe Rodriguez - Preferentes

Pepe Rodriguez 17/10/14 12:01
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Con efectos desde 1 de enero de 2014, se añade una nueva disposición adicional trigésima novena a la LIRPF, que queda redactada de la siguiente forma: «Disposición adicional trigésima novena. Compensación e integración de rentas negativas derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes generadas con anterioridad a 1 de enero de 2015. 1. No obstante lo establecido en el apartado 1 del artículo 49 de esta Ley, la parte de los saldos negativos a que se refieren las letras a) y b) del citado apartado que procedan de rendimientos del capital mobiliario negativos derivados de valores de deuda subordinada o de participaciones preferentes emitidas en las condiciones establecidas en la Disposición adicional segunda de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, o de rendimientos del capital mobiliario negativos o pérdidas patrimoniales derivados de la transmisión de valores recibidos por operaciones de recompra y suscripción o canje de los citados valores, que se hayan generado con anterioridad a 1 de enero de 2015, se podrá compensar con el saldo positivo a que se refieren las citadas letras b) o a), respectivamente. Si tras dicha compensación quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar en los cuatro años siguientes en la forma establecida en el párrafo anterior. La parte del saldo negativo a que se refieren las letras a) y b) anteriormente señaladas correspondiente a los períodos impositivos 2010, 2011, 2012 y 2013 que se encuentre pendiente de compensación a 1 de enero de 2014 y proceda de las rentas previstas en el primer párrafo de este apartado, se podrá compensar con el saldo positivo a que se refieren las citadas letras b) o a), respectivamente, que se ponga de manifiesto a partir del periodo impositivo 2014, siempre que no hubiera finalizado el plazo de cuatro años previsto en el apartado 1 del artículo 49 de esta Ley. A efectos de determinar qué parte del saldo negativo procede de las rentas señaladas en el párrafo primero de este apartado, cuando para su determinación se hubieran tenido en cuenta otras rentas de distinta naturaleza y dicho saldo negativo se hubiera compensado parcialmente con posterioridad, se entenderá que la compensación afectó en primer lugar a la parte del saldo correspondiente a las rentas de distinta naturaleza. 2. En el periodo impositivo 2014, si tras la compensación a que se refiere el apartado 1 anterior quedase saldo negativo, su importe se podrá compensar con el saldo positivo de las rentas previstas en la letra b) del artículo 48 de esta Ley, hasta el importe de dicho saldo positivo que se corresponda con ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales. Si tras dicha compensación quedase nuevamente saldo negativo, su importe se podrá compensar en ejercicios posteriores con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 anterior.» Saludos.
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Pepe Rodriguez 13/10/14 22:30
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Salvo que tu abogado haya cometido más errores, no merece la pena que te preocupes por ese tema pues lo que tengas que pagar a Hacienda prácticamente se compensará con la cantidad que ésta deberá devolverte. Saludos.
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Pepe Rodriguez 04/10/14 22:09
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Espero que Braulio Medel no lea este foro porque se partiría de risa con tu pregunta ya que nunca veremos ni un euro de intereses de los COCOS. Al contrario, lo que acaban es de subirnos las comisiones por las tarjetas. Qué envidia me dan los afectados que han ganado el juicio. Saludos.
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Pepe Rodriguez 02/10/14 23:48
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Enhorabuena, legnaoviedo. Yo tenía ya decidido ir a juicio cuando salió el arbitraje y opté por este último porque tenía contratados productos de riesgo con otros Bancos que podían salir en el juicio y que, en cambio, en el arbitraje no se tenían en cuenta. Saludos.
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Pepe Rodriguez 26/09/14 16:51
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Pues tu director volvió a engañarte porque con el arbitraje hemos recuperado más de lo que te dijo; yo he recuperado en efectivo el 62% (incluyendo la próxima declaración del IRPF) y en la emisión de subordinadas que menos se recuperaba (la de 2008)se devolvía en efectivo el 49% de lo invertido (incluyendo declaración de IRPF). En todo caso, la licenciatura en empresariales no debería ser obstáculo para que ganases el juicio (lo que enseñan en esa licenciatura no sirve para nada en la práctica bancaria y financiera) y tampoco las preferentes en Telefónica salvo que fuesen por un importe elevado. Saludos.
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Pepe Rodriguez 25/09/14 22:37
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Las acciones de Ceiss puedes llevarlas al Banco que quieras pero mira antes las comisiones que te van a cobrar por el traspaso y las que vas a tener que pagar en el Banco de destino por la custodia, no vaya a ser que no te merezca la pena el cambio. Si vas a acudir a los Tribunales (en el foro se había recomendado insistentemente para situaciones como la tuya acudir al arbitraje)creo que no deberías esperar mucho pues las acciones judiciales tienen plazos de ejercicio y luego prescriben. La mayoría de los que acudimos al arbitraje lo hicimos solo para recuperar la cantidad en efectivo (en torno al 60% de la cantidad invertida en subordinadas) y damos por perdido el resto que nos han devuelto en Bonos Unicaja (que en el foro llamamos Bonos Lápida como le puso el forero y afectado iusticia). Saludos.
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Pepe Rodriguez 11/09/14 22:17
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
que te sale a devolver es pequeña no te merecería la pena, especialmente si habías hecho alguna "trampilla" que Hacienda pudiera descubrir al revisar ahora las autoliquidaciones. Saludos.
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Pepe Rodriguez 11/09/14 22:11
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Los Abogados ya tienen previsto eso y en sus demandas piden al Juez que condene expresamente al Banco al abono a la víctima de cualesquiera perjuicios que pudieran producírsele a consecuencia de reclamaciones de Hacienda derivadas de los efectos de la sentencia. Así, si la AEAT o cualquier otra Administración te girase alguna liquidación o liquidaciones paralelas a consecuencia de la sentencia, tú tendrías que abonar las cantidades que te reclamase pero podrías pedirle al Banco Ceiss que te reembolsase de ellas invocando la sentencia y, en el supuesto improbable de que no te las reembolsase, no tendrías que promover un nuevo juicio sino que sería suficiente con pedir la ejecución forzosa de la sentencia ya obtenida. Además, puedes plantearte pedir la devolución de lo que hayas tributado por los intereses -se hace por la vía de rectificación de las autoliquidaciones de los ejercicios anteriores- aunque si la cantidad
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Pepe Rodriguez 30/08/14 21:02
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
La cúpula de Caja España y de Caja Duero se limitará a decir que ellos pusieron las emisiones de preferentes y subordinadas en conocimiento del Banco de España y de la CNMV y que ninguno de esos organismos oficiales les puso objeción ni prevención alguna para su comercialización.
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Pepe Rodriguez 11/08/14 20:23
Ha respondido al tema Subordinadas caja duero
Creo que la mayoría de los que acudimos al arbitraje lo hicimos solo por lo que nos iban a devolver en efectivo dando por perdida la parte que nos devolvían en cocos.
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