Pero todos los juristas entienden que esa cláusula que se firmó ante el notario es nula y no tiene ningún valor ante los Tribunales. Nunca ha estado más fácil la vía judicial: el propio FROB ha reconocido a los afectados que han obtenido un resultado favorable que se había producido una comercialización indebida de las preferentes y subordinadas de Caja Duero/España pero ha devuelto solo el 50%; ahora se trataría de pedirle al Juez que, en base a los propios hechos ya reconocidos por el Experto Independiente, ordene la devolución del 50% restante (por supuesto, devolviendo también nosotros gustosamente los cocos a Unicaja). Saludos.
¿Cuántos habéis presentado ya demanda en los Juzgados para recuperar el 50% que no devuelven en el llamado Mecanismo de Revisión (de la estafa)? Saludos.
Definitivamente, estoy gafado. A principios de la semana llamó el cartero a mi casa y yo le abrí con los brazos abiertos pensando que me traía la resolución favorable del arbitraje del FROB pero resultó que lo que me trajo fue otra desgracia más: !EL NOMBRAMIENTO COMO MIEMBRO DE MESA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL PRÓXIMO DOMINGO!.Manda guevos.
NOTICIA DE ÚLTIMA HORA: Imputado el presidente de Unicaja, Braulio Medel, y otros altos cargos en el caso de los ERE en Andalucía. (Voy a esconder a mi burro que también se llama Braulio no vaya a ser que vengan a detenerlo)Buenas noches.
Sí, de ese artículo a nosotros solo nos interesa lo que dice en los dos últimos párrafos, a partir del título "En el ejercicio". La pérdida sufrida con el timo del FROB (en mi caso el 10%) se hace constar como rendimiento del capital mobiliario precedido del signo - y se deduce de los rendimientos positivos del capital mobiliario que se hayan obtenido en el ejercicio (p.ej: de los intereses). Por cierto que esa deducción -siempre que se tengan rendimientos positivos para compensarla- supone que recuperamos más del 20% de lo que nos habían timado, algo es algo. Saludos.