pilarbcn
06/02/14 12:53
Ha respondido al tema Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Si no has demandado con anterioridad lo lógico sería pedir daños y perjuicios por la cantidad de la quita. Habría que saber tu caso concreto y lo que te recomiende el abogado. Anular el contrato conlleva restituir todo por ambas partes. Advertir que una indemnización por daños y perjuicios en general, Hacienda lo considera ganancia patrimonial a tributar pero en este caso habría que saber si eso va a ser así puesto que se está recuperando una cantidad que forma parte de un nominal por lo tanto no hay ninguna ganancia. Cosa distinta son los intereses legales que se consideran indemnizatorios y esos si que tributan como ganancia patrimonial.
La demanda de esta sentencia se presentó con anterioridad al canje y venta de las acciones y se solicitó posteriormente Daños y Perjuicios.
http://asuapedefin.com/sentencias/S_130927_CATALUNYABANC_JPI23_BARCELONA_SUBORDINADAS_PART_SIN.pdf