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Participaciones del usuario Raike

Raike 12/02/24 19:18
Ha respondido al tema Liquidación de gananciales varios bienes
Buenas tardes En primer lugar gracias de nuevo por tu aclaración. Lo del ITP / AJD  me queda claro Respecto al IRPF sigo teniendo mis dudas ,porque ella se está quedando por bienes de más valor es decir , el piso ahora tiene un valor superior al que se compró en su día , el local también , pero tengo entendido que lo que tributa en IRPF es el exceso de la sociedad considerada en conjunto , es decir ha habido una ganancia patrimonial porque los valores actuales son mayores a los de adquisición  en todos los bienes y esa ganancia recae en quien se queda con mayor valor de la sociedad aunque  compense con dinero a él  porque esa compensación metálica  va en parte a pagar una hipoteca gravada sobre el local y la otra para compensar el defecto  que tiene el y por tanto su pérdida   patrimonial . No se si estoy equivocada con el argumento Gracias Un saludo 
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Raike 24/01/24 08:59
Ha respondido al tema Liquidación de gananciales varios bienes
Hola Muchas gracias , agradecerte mucho tu disposición a responder tan claro y rápido y aprender bastante de esto, necesito que me ayudes nuevamente y disculpa pero es que andamos muy perdidos en estos temas los que no nos dedicamos a esto Necesito comentar otro caso esta vez de un familiar Activo Piso familiar 350000Garaje 35000Local comercial  200000Ajuar piso 7000Coche 1 6000Coche 2 3000Pasivo Hipoteca grava sobre el local 100000Ella se adjudica piso , garaje , ajuar y coche 1El se adjudica local , coche 2 , hipoteca que grava sobre el local Ella compensa en metálico por la diferencia pagando la hipoteca , es decir a cada uno le correspondería sino me equivoco 250500 euros resultante de sumar todo el activo restarle el pasivo y dividirlo entre dos Ella se lleva 398000 con lo que supone un exceso de 147500El se lleva 103000  que resulta del local más el coche 2  quitando el pasivo que grava en el local , lo que supone un defecto de 147500Ella compensa con dinero privativo a él pero de la siguiente manera 100000 destinado a pagar la hipoteca para cancelarla y 47000 para el para disolver al 50 por ciento la sociedad de gananciales Pregunta 1Tributaria por ITP o actos jurídicos. La duda surge porque hay un exceso de adjudicación quizás en ella o no porque al  compensar en metálico y quedarse al 50 por ciento se podría justificar . En muchos foros leo que los excesos de adjudicación inevitables tributan por ITP pero no entiendo muy bien en qué casos si en cuáles no se aplicaría Pregunta 2Pagarían IRPF el , ella o ambos Gracias 
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Raike 23/01/24 14:42
Ha respondido al tema Liquidación de gananciales varios bienes
Efectivamente he leído en otros foros que es contrario a lo que tú expones es decir que quien  tributa IRPF es quien se queda con el exceso de adjudicación  aunque compense al otro en metálico en este caso de varios bienes  . Es decir la mujer tiene ganancia patrimonial respecto a todo el activo de la sociedad de gananciales y el pérdida . No ocurre lo mismo con una vivienda que  hay  si lo veo claro , tributa siempre el que recibe el dinero , pero en liquidación de varios bienes es diferente o eso he visto en otras páginas ….
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Raike 23/01/24 13:32
Ha respondido al tema Liquidación de gananciales varios bienes
Hola Vale , me queda muy claro lo de actos jurídicos .No me queda tan claro que pague  IRPF el sino ella , yo he visto en otros Foros incluido el de la AET  que lo declara quien provoca el exceso en su adjudicación no quien trasmite porque en la liquidación de gananciales se considera el activo común aunque compense en metálico por el exceso  Gracias 
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Raike 23/01/24 07:29
Ha respondido al tema Liquidación de gananciales varios bienes
muchas gracias de nuevoOtra duda , aunque está exento de actos jurídicos hay que presentar el molde lo 600 antes el plazo era un mes , pero me comentan que ahora son dos meses , es así ? 
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Raike 22/01/24 13:21
Ha respondido al tema Liquidación de gananciales varios bienes
Agradecer en primer lugar la rápida contestación Entonces si lo he entendido bien la esposa que se queda con el piso y garaje y en ambos casos ha habido un incremento del valor originario al de adquisicion actual  tiene que pagar IRPF a pesar de haber compensado en dinero al marido  ya que el valor del local es mucho menor y como se calcularía ? Es decir que porcentaje tributaría ósea como se calcularía ? gracias 
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