dices que la comunidad en su día dió permiso, ¿en que condiciones ? ¿a precario ? piensa que en este caso se modifica el título constitutivo de la comunidad, y es necesaria la unanimidad, también es necesario que esté legalizado por el ayuntamiento, etc. son muchas cosas, pues esa terraza es techo del edificio y la sobrecarga de uso de su estructura no tenía porque estar pensadas para ese fín, todo puede repercutir en posibles daños y responsabilidades
normalmente en la póliza figura el nombre del beneficiario, no tiene por que coincidir con el heredero legal o testamentario, siempre y cuando se cumpla la legitima co los hijos,
el plazo también suele ponerlo en la póliza, creo que es aproximadamente un año
eso es lo que pensaba hacer, lo he pedido varias veces por tel. y mail, tengo otros presupuestos con la misma cobertura, y si me suben mucho, lo devuelvo, lo que temo es que aleguen los dichosos dos meses, ¿no les obliga la ley a avisar?, porque si ignoran, mis requerimientos, también tengo derecho a pensar que es la compañía la interesada en no renovar ¿no?, aunque también tendría que avisar
la compañía de seguros conoce que el piso está alquilado, cuando solicité presupuestos a todas les advertí esto, ya que no me interesaba asegurar la mayor parte del contenido, por supuesto no me cubre impagos, en todas las compañías me dieron un precio más barato que si lo aseguraba todo y residiendo yo,
yo tengo un piso alquilado, y no pago sobreprima, al contrario sólo pago continente + responsabilidad civil, (por si el inquilino se desentiende) no pago nada del contenido, ni joyas ni muebles ni atraco fuera del hogar etc. es problema del inquilino y él tiene otro seguro, además por contrato el mantenimiento de las instalaciones y "mobiliario fijo" es su responsabilidad (se trata de una renta antigua), no puedo tener seguro de pago de renta porque el inquilino no me da la información necesaria y ya ha enervado una acción de deshaucio, lo tengo con mapfre (o como se escriba)