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Participaciones del usuario Rucko

Rucko 13/03/25 14:32
Ha respondido al tema Mod 720.-Obligación declaración productos cancelados no declarados inicialmente
La cancelación, si declaraste la creación del depósito, es obligatoria. Cosa distinta es si nunca declaraste la creación porque no estabas obligado. La única posibilidad de no declarar la cancelación es declarar la creación de un nuevo depósito que recoja la reinversión total del depósito cancelado.  Esta declaración de creación de nuevo depósito sustituye la información de la cancelación. 
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Rucko 13/03/25 09:10
Ha respondido al tema Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?
Comunica a tu banco en España tus nueva residencia fiscal. Cualquier retención que exceda el impuesto a pagar en España la recuperarás a través del IRNR. El piso en Madrid cuenta como renta imputada para el IRNR. También para el total de patrimonio y para el Impuesto de solidaridad a las grandes fortunas.  Ten en cuenta que la reducción del 99% no aplica sobre el mínimo a pagar en el impuesto de solidaridad. Pagaras patrimonio aunque no pagues el de solidaridad. Lo único que podrías hacer, es vender tu casa de Madrid y reinvertir en tu vivienda habitual en Bélgica. 3-     ¿ seguro que aun siendo no residente tengo que hacer el impuesto de Patrimonio? ¿sólo por el patrimonio que tengo en España? ¿Qué modelo para no residente fiscal? Tendrás que presentarlo si te sale a pagar. Tienes derecho a los 700.000 euros de exención. Solo por bienes en España (derechos obligacion real). Modelo D-714. El año pasado, puesto que residías en tu piso en Madrid podrás considerarlo como vivienda habitual. 4-     mi único piso en España está en Madrid, donde tuve mi ultima residencia fiscal. Entonces, a efectos del impuesto sobre el patrimonio, ¿se me aplica la bonificación de la Comunidad de Madrid del 99%, creo? ¿debo declarar por patrimonio aunque el resultado a ingresar fuera muy bajo? En Madrid, Como mínimo pagarás en patrimonio lo que te correspondería pagar por el impuesto de solidaridad.  
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Rucko 07/03/25 17:30
Ha respondido al tema 720 en matrimonios gananciales
Si la titularidad real ( de quien es el dinero) de los fondos (independientemente de a nombre de quien está) es de ambos,  tenéis obligación de declarar, si los fondos son privativos de cada uno, NO. 
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Rucko 06/03/25 17:11
Ha respondido al tema Fiscalidad bonos
El tratamiento fiscal de los dividendos es diferente al de los intereses en los tratados para evitar la doble imposición. 
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Rucko 06/03/25 15:33
Ha respondido al tema Fiscalidad bonos
Si nos dices donde lo has leído podremos opinar.En Francia por ejemplo, Bonos franceses:c) Reglas aplicables a los no residentesLos intereses, las rentas y los ingresos de cualquier otro tipo procedentes de obligaciones, bonos o cualquier otro título de deuda negociable emitido por el Estado abonados a no residentes estarán exentos de la retención en origen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 bis en el caso de los títulos emitidos con anterioridad al 1 de enero de 1987 y en el apartado 1 del artículo 119 bis del CGI en el caso de los títulos emitidos a partir del 1 de enero de 1987.Fuente Gobierno Francés: https://www.aft.gouv.fr/es/fiscalite-valeurs-tresorEn general en Francia, el máximo impuesto a pagar es del 10% para no residentes sobre cualquier interes recibido que después te lo vas a descontar del 19% mínimo que pagarías aquí. Es decir, no hay coste adicional a pagar. 
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Rucko 06/03/25 13:33
Ha respondido al tema Fiscalidad bonos
Lo habitual entre estados de la UE es no aplicar ninguna carga fiscal a los rendimientos de intereses obtenidos por no residentes. Por tanto no deberían aplicar retenciones alguna. No obstante como sugiere Bacalao, confirmarlo en el convenio entre España y ese país. 
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