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Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

5 respuestas
Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?
Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?
#1

Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

Podéis ayudarme?

Desde el 1 de enero 2025 he pasado de ser residente fiscal en Madrid, España a serlo en Bruselas, Bélgica.

En España solo tengo rentas:

1 – segunda residencia a disposición (antes era mi primera residencia)

2- intereses, dividendos, eventualmente ganancias patrimoniales de venta de acciones, fondos y un fondo que opera como plan de pensión.

Me resulta complicado comprender la normativa española y el acuerdo de doble imposición entre España y Bélgica.

Entonces;

1-     ¿Debo hacer una declaración especifica a AEAT de que he cambiado de residencia fiscal, además de las declaraciones específicas trimestrales (para intereses o dividendos) y anuales (para la segunda residencia)?
2-     En relación a los intereses y dividendos, ¿las retenciones efectuadas por los bancos serán iguales a las cuotas y por lo tanto no tengo obligación de presentar declaraciones? ¿Simplemente mis rentas brutas serán reducidas a rentas netas de impuesto y no tengo que hacer nada?
3-     Si vendo acciones, fondos de inverion o el fondo de pensión, ¿tengo que hacer una declaración trimestrial o mis bancos me harán una retención equivalente a la cuota y entonces no tengo que hacer nada?
4-     ¿Alguna otra obligación?
 
Gracias,
Alexandra
#2

Re: Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

Según el sitio web de la Agencia Tributaria de España, al cambiar tu residencia fiscal a Bélgica desde el 1 de enero de 2025, pasarás a tributar en España como no residente por las rentas que obtengas en territorio español. En este contexto, se aplicará el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y el Convenio de Doble Imposición (CDI) entre España y Bélgica. A continuación, te respondo punto por punto: 

1. ¿Debes notificar a la Agencia Tributaria tu cambio de residencia fiscal?

 Sí, debes comunicar tu cambio de residencia fiscal a la Agencia Tributaria española. Para ello, se recomienda presentar el Modelo 030 (Comunicación de cambio de domicilio o de residencia fiscal). Además, es aconsejable obtener un certificado de residencia fiscal belga para acreditar tu nueva residencia ante la Agencia Tributaria si lo requiere. En cuanto a las declaraciones específicas, como no residente en España, deberás tributar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y no por el IRPF. 

2. ¿Cómo tributan los intereses y dividendos?

 
  • Intereses: Según el CDI entre España y Bélgica, los intereses percibidos en España pueden estar sujetos a retención en España (normalmente del 19%), pero en ciertos casos, el tipo puede ser inferior o incluso estar exento en España si se cumplen los requisitos del CDI.
  • Dividendos: España suele aplicar una retención del 19% sobre los dividendos pagados a no residentes, salvo que el CDI establezca un tipo reducido (generalmente, un 15% si cumples los requisitos).
Si tu banco español ya te retiene la cantidad correcta según el CDI, en principio no tendrías que presentar declaración adicional en España. Sin embargo, si te retienen más de lo que permite el convenio, podrías solicitar la devolución del exceso de retención mediante el Modelo 210 (IRNR)

3. ¿Qué ocurre si vendes acciones, fondos de inversión o el fondo de pensiones?

 
  • Acciones y fondos de inversión: La ganancia patrimonial derivada de la venta de acciones o fondos de inversión de entidades españolas estará sujeta a tributación en España si los activos son considerados inmuebles o si están vinculados a un establecimiento permanente en España. En la mayoría de los casos, no se aplica retención sobre estas ganancias para no residentes, por lo que tendrías que presentar el Modelo 210 de forma trimestral para autoliquidar la ganancia obtenida.
  • Fondo de pensión: La tributación dependerá de su tratamiento fiscal en España y Bélgica. Algunos planes de pensiones pueden estar sujetos a retención en origen, por lo que sería recomendable consultar si el pago está exento o sujeto a una tributación específica según el CDI.

4. ¿Tienes otras obligaciones fiscales en España?

 
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR): Debes presentar el Modelo 210 por los rendimientos obtenidos en España (como la renta imputada de la segunda residencia).
  • Impuesto sobre el Patrimonio: Si tu patrimonio en España supera los límites establecidos (generalmente, 700.000 € sin contar la vivienda habitual), podrías estar obligado a declarar este impuesto en España.
  • Declaración de la segunda residencia: Al ser no residente, se te imputará una renta por tener un inmueble en España (1,1% o 2% del valor catastral) y deberás presentar anualmente el Modelo 210.

Conclusión

 Tu situación requiere cumplir ciertas obligaciones fiscales en España como no residente, aunque muchas de ellas dependerán del tratamiento específico en el CDI entre España y Bélgica. Lo más recomendable es verificar si tu banco está aplicando correctamente las retenciones y, en caso de duda, consultar con un asesor fiscal especializado en tributación internacional. Si necesitas más información, puedes consultar la Agencia Tributaria:
 Impuesto sobre la Renta de No Residentes


ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.
#3

Re: Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

Gracias, 
Miraré bien lo delos intereses.
Mi piso en Madrid era mi vivienda habitual, pero al ser yo ahora no residente ?no me podrá contar como vivienda habitual aunque sea mi único piso en España, no?
De todas formas, al estar el impuesto sobre el patrimonio bonificado en Madrid (mi ultima residencia fiscal en España) un 99%, creo, ?hay que hacerlo aunque ahora me compute el piso (al considerarse ahora segunda residencia porque soy no residente)? aunque el resultado a ingresar fuera muy bajo? 
#4

Re: Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

Ignora mi respuesta anterior, no veo como editarla, y substituirla por esta:

Muy agradecida, me quedan estas dudas:
1-     intereses. No tengo establecimiento permanente en España, soy una particular, sin ingresos de actividades económicas ni profesionales. Me he mudado a un estado de la Unión europea con intercambio de información. Percibiré muy poco por intereses en España. ¿Me corresponde una deuda tributaria de 0 por los intereses? ¿y no retención?

2-     ¿Puede contar mi piso en Madrid como vivienda habitual para el IRNR y/o sobre el Patrimonio, aunque ahora yo sea no residente?
Ha sido mi vivienda habitual hasta fin de diciembre 2024, y es mi único piso en España.
3-     ¿ seguro que aun siendo no residente tengo que hacer el impuesto de Patrimonio? ¿sólo por el patrimonio que tengo en España? ¿Qué modelo para no residente fiscal? 
4-     mi único piso en España está en Madrid, donde tuve mi ultima residencia fiscal. Entonces, a efectos del impuesto sobre el patrimonio, ¿se me aplica la bonificación de la Comunidad de Madrid del 99%, creo? ¿debo declarar por patrimonio aunque el resultado a ingresar fuera muy bajo?
 
#5

Re: Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

Comunica a tu banco en España tus nueva residencia fiscal. Cualquier retención que exceda el impuesto a pagar en España la recuperarás a través del IRNR. 
El piso en Madrid cuenta como renta imputada para el IRNR. También para el total de patrimonio y para el Impuesto de solidaridad a las grandes fortunas.  Ten en cuenta que la reducción del 99% no aplica sobre el mínimo a pagar en el impuesto de solidaridad. Pagaras patrimonio aunque no pagues el de solidaridad. 
Lo único que podrías hacer, es vender tu casa de Madrid y reinvertir en tu vivienda habitual en Bélgica. 
3-     ¿ seguro que aun siendo no residente tengo que hacer el impuesto de Patrimonio? ¿sólo por el patrimonio que tengo en España? ¿Qué modelo para no residente fiscal? 
Tendrás que presentarlo si te sale a pagar. Tienes derecho a los 700.000 euros de exención. Solo por bienes en España (derechos obligacion real). Modelo D-714. El año pasado, puesto que residías en tu piso en Madrid podrás considerarlo como vivienda habitual. 
4-     mi único piso en España está en Madrid, donde tuve mi ultima residencia fiscal. Entonces, a efectos del impuesto sobre el patrimonio, ¿se me aplica la bonificación de la Comunidad de Madrid del 99%, creo? ¿debo declarar por patrimonio aunque el resultado a ingresar fuera muy bajo? En Madrid, Como mínimo pagarás en patrimonio lo que te correspondería pagar por el impuesto de solidaridad. 
 
#6

Re: Cambio residencia fiscal de España a Belgica - debo notificarlo?

Hola a todos, 

Al cambiar la residencia fiscal de España a Bélgica, es importante notificar a las autoridades fiscales de ambos países para evitar problemas con la doble imposición. En España, debes informar a Hacienda sobre tu cambio de estatus fiscal, mientras que en Bélgica es necesario registrarte y cumplir con las normativas locales. Recomiendo consultar con un asesor fiscal para garantizar que todo esté en regla. 

¡Un saludo!