Pues lo siento pero no me entero. Si todos los dividendos que RECIBES DEL FONDO, NO LOS QUE RECIBE EL FONDO, tu los reinviertes en comprar nuevas participaciones, estas nuevas participaciones son gananciales. Si el fondo reinvierte los dividendos cobrados en nuevas acciones que se incorporan al fondo este incremento es privativo y no ganancial.
Primera pregunta SI. 50% real cada uno.Segunda pregunta NO. Si el fondo no distribuye dividendos no hay rendimiento alguno para la sociedad de gananciales. Da igual que el fondo si haya recibido dividendos por sus inversiones.
La reducción de capital en especie se va a realizar a valor de mercado. Podrás bajar un poco ese valor? Algo si, probablemente, pero el problema retornará cuando vendas el inmueble vía ganancia patrimonial, a parte del efecto negativo del IAJD.
No pierdas un minuto. Tu empresa, casi con total seguridad se regula por El Plan General Contable y no por las NiC. En cualquier caso, las NiC no establecen los impuestos sino como se presentan los estados financieros para ser comprendidos de forma heterogénea por terceros. En España, para el pago de impuestos, no se permite la actualización del coste de adquisición para su cálculo, ni a nivel IRPF ni del Impuesto de Sociedades. Existen varían sentencias del TS dejando clara la legalidad de esta legislación. Como te han dicho, da igual que te lo lleves vía dividendo que vía disolución, pagarás o la ganancia patrimonial debido a tu inversión en la empresa en tu IRPF o por rendimientos mobiliarios.