He encontrado la de 2012, de 2013 solo está el 1er semestre
https://www.dgsfp.mineco.es/sector/documentos/Informes%202012/Informe%20anual%20Servicio%20de%20Reclamaciones%202012.pdf
No, por ejemplo las de hogar, dicen que los capitales se revalorizan automáticamente en base al IPC y la prima será revisada.
pero en un auto, salvo que indique te subirán en base a un criterio. No, es una modificación del contrato, lo cual te exime de pagar.
La modificación del contrato tiene que ser aceptada, ya sea firmando o pagando la prima.
"pero el seguro también debe comunicarte a ti el precio del sesguro dos meses antes"
¿donde se estipula esto? Si la prima es exactamente la misma, no hay obligacion ninguna.
Se tiene que notificar las modificaciones del contrato, la modificacion de la prima es modificacion del contrato. Pero si no hay dicha variacion no hay porque avisar.
Es más, si la póliza contempla la subida tampoco
Tu mismo te contestas, si te dan una condiciones particulares para el nuevo coche. Entiendo que es de aplicacion. Es decir, si las nuevas te dicen 1 año, y el vehiculo tiene 1 año y 3 días al momento del siniestro. Es lo que hay.
Ahora,no creo que se agarren a las del 98. Porque creo que el numero de póliza abrá cambiado al darte condiciones nuevas