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Participaciones del usuario Sossek

Sossek 05/08/14 14:15
Ha respondido al tema Duda existencial como profesional del sector
Por norma general los soy en papel de notas, pero cuando se empecinan, lo dicen así de claro, quiero el presupuesto con coberturas. Tengo 2 bancos y 3 agencias de seguros al lado. Y las 4 agencias estamos mirando de hacer lo mismo, porque el banco, con el presupuesto, hace lo que quiera. No se, es algo que me estoy plantando.
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Sossek 05/08/14 13:20
Ha respondido al tema Seguro incendio a causa de bombona
Tu póliza lo dirá, mira en incendio. Otra cosa es que te busquen las cosquillas por esta causa. Tampoco sabemos cual es tu compañia. Las coberturas que tienes contratadas. Pero por ejemplo, una póliza de hogar, Se garantiza: Los daños materiales causados a los bienes Asegurados como consecuencia de: • Acción directa del fuego, así como las consecuencias inevitables del incendio, tales como el transporte de los bienes Asegurados o cualquiera otra medida adoptada con el fin de salvarlos del incendio, así como los menoscabos de éstos y el valor de los objetos desaparecidos con ocasión del siniestro, siempre que no se compruebe que los mismos fueron robados o hurtados. • Explosión y/o implosión. • Caída de rayo o corrientes eléctricas anormales inducidas por el mismo. Se excluye: • Los daños producidos como consecuencia de almacenar materiales peligrosos no habituales en un domicilio particular. • El objeto en contacto con aparatos de calefacción, hogares o de alumbrado. • Los daños en los objetos caídos accidentalmente al fuego, salvo que ocurra con motivo de un incendio. Cobertura máxima: 100 por 100 de los capitales Asegurados por Continente y/o Contenido. Esto es una póliza.
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Sossek 05/08/14 12:45
Ha respondido al tema Cambio de corredor de seguros MAPFRE
Hola, tienes que avisar por escrito con copia del DNI, esto es correcto El recibo, si, lo puede emitir la correduria. Porque ellos te cobran a ti y luego liquidan a la compañia.
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Sossek 05/08/14 09:57
Ha respondido al tema Problema con mi seguro de Hogar con el Banco
Como dice Maria Isabel, 1º no estas obligado a contratar con ellos, si no a hacer la clausula hipotecaria del seguro. 2º En la tasacion, viene un valor, que suele poner o Valor a efectos de seguro o Valor de reconstruccion, eso es lo que hay que asegurar como continente, y solo a incendios y fenomenos admosfericos. En el real decreto 719/2009 del 24 Abril, en su articulo 10. Especifica lo que tenemos que tener específicamente. Los bienes sobre los que se constituya la garantía hipotecaria deberán contar con un seguro contra daños adecuado a la naturaleza de los mismos. Los riesgos cubiertos deberán ser, al menos, los incluidos en los ramos de seguro 8 y 9 del artículo 6.1 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, con excepción del robo. La suma asegurada deberá coincidir con el valor de tasación del bien asegurado excluido el valor de los bienes no asegurables por naturaleza, en particular el suelo. Artículo 10 Seguros de daños 1. Los bienes sobre los que se constituya la garantía hipotecaria deberán contar con un seguro contra daños adecuado a la naturaleza de los mismos. Los riesgos cubiertos deberán ser, al menos, los incluidos en los ramos de seguro 8 y 9 del artículo 6.1 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, con excepción del robo. La suma asegurada deberá coincidir con el valor de tasación del bien asegurado excluido el valor de los bienes no asegurables por naturaleza, en particular el suelo. 2. El tomador del seguro notificará al asegurador la existencia del préstamo o crédito que grave el bien asegurado, y el asegurador dará traslado de aquella notificación al acreedor. 3. En el caso de falta de pago de la prima por el tomador del seguro, el asegurador lo notificará al acreedor antes de que haya expirado el plazo de gracia del pago de la prima. 4. En caso de siniestro, el tomador del seguro lo notificará al asegurador en los términos previstos en la póliza, y éste dará traslado de la notificación al acreedor. http://www.rankia.com/blog/elblogdelseguro/1526639-que-obligacion-tengo-seguro-hogar-vivienda-hipotecada
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Sossek 30/07/14 14:14
Ha respondido al tema Otra de Banca Seguros
Si, pero son clientes míos hace años, de hecho, se quedaba porque le mantenían el precio del padre a cambio de no irse. Lo raro es que cuando esto pasó ella tenia (y tiene) pólizas a su nombre. Lo que me ha matado es lo de SANCION
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Sossek 30/07/14 11:51
Ha respondido al tema Otra de Banca Seguros
Evidente, ¿3 meses depues me pides documentación? ¿SANCION? Enserio, de que hablan, ¿SANCION?
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