He encontrado la de 2012, de 2013 solo está el 1er semestre
https://www.dgsfp.mineco.es/sector/documentos/Informes%202012/Informe%20anual%20Servicio%20de%20Reclamaciones%202012.pdf
No, por ejemplo las de hogar, dicen que los capitales se revalorizan automáticamente en base al IPC y la prima será revisada.
pero en un auto, salvo que indique te subirán en base a un criterio. No, es una modificación del contrato, lo cual te exime de pagar.
La modificación del contrato tiene que ser aceptada, ya sea firmando o pagando la prima.
"pero el seguro también debe comunicarte a ti el precio del sesguro dos meses antes"
¿donde se estipula esto? Si la prima es exactamente la misma, no hay obligacion ninguna.
Se tiene que notificar las modificaciones del contrato, la modificacion de la prima es modificacion del contrato. Pero si no hay dicha variacion no hay porque avisar.
Es más, si la póliza contempla la subida tampoco
Exacto, por eso los seguros de hogar, avisan, que tienes que decirles si hay otro seguro sobre el mismo riesgo. Que a parte, en el caso que se produjera Ignacio, nosotros los que buscamos es que nos indemnicen y reparen, luego, que las aseguradoras entre ellas se arreglen como quieran. La cuestión es que no nos puedan reclamar la reparación / Indemnización a nosotros.
Es interesante, pero le veo un pero, por sacarle alguno ojo.
Pongamos que tenemos el difernecial del 2.60%, con todos los requisitos y que nos baja ese 1%, estariamos pagando un 1.60%, si el Euribor se poner a un 5.99%, estariamos pagando un 6.59% ¿Lo he entendido bien?
Para hipotecas nuevas, puede estar bien, pero para las atiguas que andan pagando entre el 0.5 y 0.9, no compensa hacer una subrogacion a esta hipoteca.
OJO, no soy ni mucho menos experto, hago la apreciacion del que tiene un master en economia para inutiles, como es mi caso, que para esto soy un poco (mucho) inutil.