Ya está claro... El tema es que vi esta orden sobre la obligación del 720 (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-954) y en el artículo 2 me pareció ver en los apartados a, b y c que hacían referencia todos ellos al artículo 42 ter del RD 1065/2007 y el apartado a) se refiere al artículo 42 bis donde si menciona la media del saldo.
¿De dónde sale lo del saldo medio del último trimestre supere los 50.000€?Según veo únicamente habla en la ley de que el saldo a 31diciembre supere los 50.000€.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-15984#a42terSaludos.
Tienes razón, en la hoja informativa pone 2 días hábiles pero fuera de ahí pone de 1 a 4 días.Siendo 2 días debería llegar al 3 octubre y me debería valer. Nunca he abierto depósito en Raisin, de momento tenía la cuenta remunerada.
Dónde se anuncian esas bajadas? En Raisin no veo nada. Yo tenía pensado ese de Klarna a 1,5 años pero antes quería sacar lo que tengo ahí en su cuenta remunerada. Edito: vale al entrar al detalle del depósito lo he visto. Si saco mañana lo de la cuenta remunerada para el día 3 daría tiempo contratarlo?La cuenta remunerada pone de 1 a 4 días para hacer retiros.
¿Y el boletín de adhesión que indica en sus condiciones en qué consiste?Debes firmar el boletín de adhesión antes del 31/10/2024 y domiciliar tu nómina igual o superior a 800 €.Osea mientras les entre transferencia tipo nómina ¿ya funciona, sea o no de funcionario?
Pero en la promoción nómina para colectivos imagino que comprobarán que la nómina es de funcionario. De hecho en las condiciones pone que hay que firmar una adhesión y supongo pedirán algo que lo acredite, o no sé si comprobarán que el ingreso viene de un organismo.
Los 3 primeros trimestres del año ¿se puede tener más de 50.000€ en el extranjero y no tener que hacer el 720?Solo se está obligado si se supera a fecha de 31 diciembre o en la media del último trimestre, ¿es correcto?