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Participaciones del usuario Tres Cantos - Subsidios

Tres Cantos 15/05/25 16:40
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
ah, es que este foro es subsidio mayores 52 años, pero seguro que alguien aquí te dirá algo.
Tres Cantos 15/05/25 16:38
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Tres Cantos 15/05/25 16:36
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues es la primera noticia que tengo.  Las demas condiciones las cumples?
Tres Cantos 15/05/25 16:33
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues ya lo dicen claramente, mayor de 52 años y cumplir con los requisitos
Tres Cantos 22/04/25 16:52
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues no seria de extrañar, por lo que veo, hay mucha gente que se pone en situación, no solo para el subsidio, para otras muchas prestaciones.Esta claro que en estos momentos lo mejor es declararse vulnerable. Mientras dure la fiesta es la mejor decisión
Tres Cantos 20/04/25 19:29
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ese banco donde tiene a plazo a 0.50%, te pondrá alfombra y te dará café cuando vayas.
Tres Cantos 05/04/25 19:21
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La contestación es muy simple, pero siento vergüenza ajena por la pregunta tan impertinente.
Tres Cantos 30/03/25 21:32
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Discullar la falta ortografia , puse Hechen, es sin h
Tres Cantos 30/03/25 18:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Siento no poder ayudarte, segun la interpretacion, en el caso de que intervenga el SEPE, puede ser cualquiera.Solo tengo claro, que si tengo ingresos superiores a 888 euros en el resultado de dividir por 12 los ingresos de rentas y trabajo, sin contar el subsidio, podría tener problemas con el SEPE SI INTERVIENE.Por ende, me ajustaría al máximo anual y dormir tranquilo, sin declarar absolutamente nada .Pero vamos es mi opinión y decisión personal. Esto es un desmadre que tendrá que reventar por algún sitio y me da que los funcionarios, están hasta el gorro de tanto cambio, que ni ellos mismos saben si es blanco o es negro.De hecho hay muchos resultados que siendo iguale el problema , la solución es distinta.REPITO, PARA QUE LOS DOCTOS NO SE ME HECHE ENCIMA, ES MI PROPIA DECION Y RESPONSABILIDAD.
Tres Cantos 30/03/25 17:03
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
 Es de locura las leyes de este pais, son tantas, que cada cual puede interpretar lo que le parezca, de un sentencia a otra, puedes pasar de violador a violado ( es una broma) pero que se acerca a la realidad cotidiana.Según el artículo 7.1.C.2) del RD 625/1985 que regula las prestaciones por desempleo, las rentas que se obtienen en pago único, como el rescate de un plan de pensiones, hay que prorratearlas en 12 mensualidades y con el resultante, ver si afectan o no al cumplimiento del requisito de carencia de rentas.El SEPE, a los efectos del máximo de renta para mantener el derecho al subsidio de mayores de 52 años, consideraba el importe total rescatado del plan de pensiones dividido entre 12 mensualidades.  El Tribunal Supremo (en su sentencia 65/2016) ha corregido el criterio del SEPE y reconocido la compatibilidad entre percibir la ayuda para mayores de 52 años y el rescate del plan de pensiones, sobre la base de que el perceptor del subsidio no estaría percibiendo un patrimonio del que no dispusiese ya, por lo que en todo caso a efectos comprobar el requisito de carencia de rentas los únicos ingresos o rentas computables son los intereses o plusvalías que le haya podido generar el Plan de Pensiones. Hasta 2023 el SEPE sí contabilizaba esos ingresos. Así, una persona que cobrase los 400 euros de ayuda podría llegar a perderlos si con el dinero del plan superaba el 75% del SMI como renta.Sin embargo, en febrero de 2023 una sentencia del Tribunal Supremo dictó que el cobro del plan de pensiones es compatible con el subsidio para mayores de 52 años y que ese capital no debe tenerse en cuenta para establecer la renta del beneficiario.El criterio del Tribunal Supremo contradice el que venía aplicando el SEPE al considerar que el cobro del plan de pensiones no supone la percepción de una renta adicional.El tribunal entiende que el rescate del plan simplemente consiste en disponer de un dinero que ya formaba parte del patrimonio del beneficiario de la ayuda y que, por lo tanto, no debe contabilizarse como renta. De esta forma, lo único que se hace es transformar un elemento patrimonial como las participaciones en plan de pensiones por otro diferente, como el dinero líquido.En resumen, que cobrar el plan de pensiones ya no es uno de los motivos para quedarse sin la ayuda para mayores de 52 años.Cuidado con el plan de pensiones en el IRPFQue el rescate del plan de pensiones no compute para las ayudas del SEPE no quiere decir que no se tenga en cuenta para el pago de impuestos.