Tres Cantos
18/09/24 19:50
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Los bienes en régimen de gananciales producirán rendimientos a ambos cónyuges y los bienes privativos producirán rendimientos al titular de dicho bien. No obstante, si los ingresos provienen de un bien privativo de uno de los cónyuges a efectos fiscales se entienden obtenido por el cónyuge titular del bien privativo.22 may 2022 b) Individualización de los rendimientos del capital (arts. 11.3 LIR, 7 LIP)·Los rendimientos del capital se considerarán obtenidos por los contribuyentes titulares de los elementos patrimoniales, según lo previsto en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio. Los bienes que sean comunes a ambos cónyuges se atribuirán por mitad a cada uno de ellos.Gananciales: distingue entre bienes privativos y bienes gananciales. La individualización de los rendimientos derivados del capital será, por lo tanto, en el caso de:bienes gananciales: se atribuirán por mitad a cada uno de los cónyuges,bienes privativos: el cónyuge propietario deberá declarar todas las rentas que se deriven de los mismos.Régimen de separación de bienes y de participación: existe completa separación entre los patrimonios de los cónyugestitularidad exclusiva de un bien: el titular declara el cien por cien de los rendimientos.cotitularidad proindiviso: cada uno de los cónyuges declara el 50% de los rendimientos (si existe una participación diferente en la titularidad del bien, cada cónyuge se atribuye el porcentaje correspondiente).