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Exención ganancias patrimoniales en venta vivienda habitual mayores de 65 años
Muchas gracias Lunatico,
Estoy de acuerdo contigo, pero el problema reside en que la AEAT dice que esta exención es de carácter rogado, y yo creo que el carácter rogado implica que hay que solicitarla, y yo no estoy de acuerdo en que haya que solicitarla pues la Ley dice bien claro "estarán exentas".
Además la AEAT mantiene que el aplicar una exención es incompatible con aplicar la otra, si bien yo pienso que en esto se refiere a la parte que corresponde a un cónyuge, es decir al 50%, pero esta parte no la tengo del todo clara.
Gracias. Saludos