Si, es variable, pero es la primera vez que me plantean no cancelar y meter el dinero en un depósito, y ya he cancelado varias veces...por eso me ha parecido raro....
Buenas!!Yo no entiendo de banca, pero algo se está cociendo.....esta mañana llamo a la sucursal bancaria para amortizar capital de la hipoteca. La subdirectora me dice, "si no cancelas, te ofrezco por esa cantidad un deposito tipo fijo a un año del 2%"Teniendo en cuenta que el euribor está cerca del 4%, he desestimado su oferta. El banco es Caixabank.
Hola Jesusm1,Si Se vende por encima de ese valor del 3%, se declararia la ganancia patrimonial y tampoco debería haber problema, ¿Estoy en lo cierto?Saludos
Hola, en este hilo el forero Bacalo me responde a una pregunta como las vuestras:https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/5168660-reinversion-vivienda-habitual-beneficios-venta-inmueble-heredadoTendrías que calcular la ganancia perdida patrimonial de vivienda y muebles por separado.Un saludo
Hola Bacalo, he mirado la herencia de mi abuelo y los enseres ( que los dejó a mi tía y luego pasaron a nosotros) tienen un valor de cuatro mil y poco euros, tendríamos una ganancia patrimonial ya que vendimos más caro ..... cierto es que el valor de los enseres lo puso el oficial de la notaria sin consultar a mi tía en su momento las facturas.....Como comentaste en otras respuestas, fiscalmente no tiene sentido que los muebles aumenten de valor, así que , para evitar problemas con hacienda, ¿sería aconsejable en este caso meter los 15.000€ de los enseres con el valor de la vivienda y calcular la ganancia patrimonial con venta piso + muebles - gastos? O simplemente no meter lo de los muebles ( en la escritura los 2 conceptos están separados y se pagaron también con transferencias separadas)Gracias por tu opinión Saludos
Muchas gracias por tus apuntes.Respecto a los muebles, la CAM quiso meternos mano por lo que tu decías, intentar inflar el precio de la vivienda. Quedó constatado por nuestra parte que la compra de los enseres era totalmente opcional, si no los quería el comprador no se quedaban en la casa. Recibimos comunicación dándonos la razón y archivaron el expediente. Claro está, que fue el departamento de vivienda de la CAM y no Hacienda el que nos dio la razón. Entiendo que lo menos arriesgado es añadir al precio de venta de la casa (130.000€) los 15.000€ de los muebles. De tal forma que la ganancia patrimonial sea de los 15.000€ menos los gastos comentados anteriormente (la vivienda se vendió al mismo precio que se heredó) ¿me recomiendas hacerlo así?Gracias por tu tiempo Saludos
Ok, gracias! Es una cantidad pequeña, pero a saber dónde están esos papeles después de vender el piso........En cuanto a los gastos que si tengo factura y puse en el post anterior, ¿los puedo incluir entonces sin problema para reducir la ganancia patrimonial?Acabo de releer la escritura de compraventa del piso y se me olvidó preguntar otra cosa:La vivienda es de protección pública y se ha vendido por el precio que se heredó (El que estableció el ivima) pero nosotros ofrecimos la posibilidad de vender todos los enseres y electrodomésticos por un precio de 15.000€. El comprador se quedó con todo y en la escritura viene reflejado el precio de la vivienda y a parte los 15.000€ citados ( hecha gestión con el ivima dió el visto bueno)La cuestión, esos 15.000 euros tributan con la casa? (Para la ganancia patrimonial debo sumar los 15.000€ al valor de la casa o como viene separado no haría falta?)Muchas gracias!Un saludo