Gracias por tu respuesta Jesusm1,En nuestro caso y los vecinos que decidieron cerrar la terraza como nosotros, cumplimos con la normartiva local.Ya os contaré si me piden facturas / justificación.Saludos!
Gracias por tu opinión.La cuestión es que leyendo la LAU, el propietario debe hacerse cargo del desgaste normal del uso, por lo que eso de pintar el inquilino no lo veo muy legal, en cuyo caso sería denunciar antes de dejar el piso. Mi duda es si puede hacerlo o no, en el caso que si pueda poner esa clausula, no hay mas que hablar, pero tengo la duda de la legalidad de la misma.Desconozco el trámite, pero si hay una denuncia por la cláusula y por una supuesta retención de la fianza, ¿podría el arrendador poner en alquiler el inmueble?
Me alegro que así sea, no era mi intención.....la última vez que viví de alquiler, tuve que pagar religiosamente el ITP, y ahora que he vuelto me he llevado la sorpresa del no pago......de ahí que lo comunicará en el hilo....nada de sesgo intencionado por supuesto........ si estos mensajes han ayudado a algún/a forero/a a saber que está exento del ITP pero que hay que seguir presentandolo para el alquiler, yo estaré satisfecho. Saludos
https://housage.es/articulos/impuestos-viviendas-segunda-mano/itp-en-el-alquiler-todo-lo-que-debes-saber/En Madrid, a día de hoy se está exento para alquileres inferiores a 15000€ anuales:https://www.elperiodicodearagon.com/finanzas-personales/2022/04/11/itp-impuesto-fantasma-hay-pagar-64900536.htmlYa me dice Ud si quiere que es lo que le incomodó de mi anterior mensaje Saludos