Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
Buenas. Tengo una duda.Me corresponde la reducción por movilidad ya que cumplo con los tres requisitos. Mi duda es la siguiente. Al solicitar la reducción debo también cambiar mi Domicilio Fiscal y mi Domicilio para Notificaciones.
Buenas tardes,
€
Muchas gracias Amparo Sisternes y Elena Cirugeda.
Sin querer ser pesado, y tal como me comentas en el anterior mensaje, no es posible lo de la reducción por movilidad geográfica al salirme trabajo posteriormente a empadronarme?? ¿¿ no hay opción posible entonces?? Gracias
Sobre el otro tema que os he comentado, mi segundo pagador fué una ett y tuve 825€, que son los que no me han incluido en los rendimientos del trabajo del año a declarar. ¿No es motivo para hacer la declaración al ser menos de 1.500€ del 2pagador verdad?y¿ cuánto creéis que supondrá de devolución en la declaración siendo la retención del 10% en esos 825€??
MUCHAS GRACIAS y es una pena no poder solicitar la reducción por movilidad porque me vendrían muy bien.
Debes de presentar la Declaración de la Renta en la ciudad donde hayas pasado más de medio año (aquella en la que el contribuyente reside durante más de 183 días al año). Con los datos que comentas, si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que cumples los requisitos con el empadronamiento en Ceuta. Saludos,
Hola Jorge, con lo que comentas estaría correcto, puesto que el empadronamiento no es obligatorio, sino una forma adicional de justificar el cambio de domicilio habitual. Saludos,
Aunque en el borrador no aparezcan todos los ingresos, tu debes de modificarlo e incluirlos; el borrador suele contener errores que el contribuyente tiene que revisar.
Por otro lado, el procedimiento para poder aplicar la Reducción por movilidad geográfica es:
Estar inscrito en la oficina de empleo
Aceptar el puesto de trabajo y tener un contrato de trabajo firmado
Desplazamiento de la vivienda habitual y por tanto contrato de alquiler o empadronamiento con fecha de inicio del contrato de trabajo
Saludos,
en respuesta a
verdeyblanco
-
#513
13/04/15 17:13
Hola, bienvenido a Rankia.
La aplicación de esta deducción queda totalmente condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia a un nuevo municipio. Para lo cual se puede aportar como prueba el empadronamiento o el traslado del domicilio fiscal a un lugar determinado. Sin embargo, no por ello quedará suficientemente acreditado.
Su concreción se basa en la acreditación por cualquiera de los medios de prueba existentes en derecho, los cuales en el ámbito tributario se encuentra regulados en el artículo 106 Ley General Tributario. Por lo que si crees que con el contrato de alta en el cole, un justificante de tu familiar como que has tenido que vivir allí a consecuencia de esto queda suficientemente acreditado sí. Pero en todo caso se trata de una prueba de un hecho, no existe solución concreta.
Saludos!
en respuesta a
josealgc
-
#512
13/04/15 16:56
Hola, bienvenido a Rankia.
Para la aplicación de esta reducción uno de los requisitos es que en el momento de aceptar el trabajo este dado de alta en en la oficina de empleo y que dicho trabajo suponga el traslado de residencia a otro municipio. Sin que la ley establezca un periodo mínimo de inscripción ni limite las veces que puedas beneficiarte de este. Siempre y cuando el hecho de cambiar de uno a otro no haya sido por tu voluntad, si no por extinción efectiva del contrato.
Por lo que en principio si podrías aplicarte esta deducción. Aunque, como dice Amparo en el post, una de las formas de acreditarlo es empadronandote en allí donde te has tenido que mudar.
Saludos!
en respuesta a
Juanan Martos
-
#511
13/04/15 16:39
Hola, bienvenido a Rankia.
Efectivamente, así lo dice lo establece la ley para la aplicación de esta deducción. Atento a como esta redactado:
"Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente"
La deducción se aplica en el periodo en el que se realice el cambio de residencia y en el siguiente. Por lo que de acuerdo a la legislación, podrías aplicarte esta deducción aún incluso cuando tuvieras que cambiar de domicilio en Diciembre.
Sin embargo, en tu caso, dices que te empadronaste antes de encontrar el trabajo, por lo que no se hasta que punto quedaría justificado que el cambio se realizo por ese trabajo, sino que más bien lo realizaste para aumentar tus posibilidades de encontrarlo.
Nuevo
#510
13/04/15 12:45
Buenas tardes:
El año pasado estuve trabajando en Ceuta, concretamente desde Enero a Agosto, previamente estaba en situación de desempleo. Mi residencia habitual la tengo en Sevilla. Mientras estuve en Ceuta estuve viviendo en un piso del que no tengo el contrato de alquiler, pero me empadroné en Ceuta mientras estuve viviendo allí. ¿Puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica en la declaración de 2014?, en caso afirmativo ¿donde tendría que presentar la declaración en Andalucía o en Ceuta?. Actualmente vuelvo a estar empadronado en Sevilla, de hecho desde septimbre de 2014.
Gracias y saludo
José M.
Nuevo
#509
10/04/15 21:22
hola
En el requerimiento venia todo lo que debia aportar. Demostrar que estuve en paro con certifcado,vida laboral,contrato de trabajos,contratos de alquiler,empadronamiento. Presente todo menos el empadronamoiento. añadi factura luz y agua...no se si se me olvida algo. Añadi instacia formal explicandolo todo y adjunta documentacion detallada.
en respuesta a
Juanan Martos
-
#508
09/04/15 22:11
Amparo Sisternes,
a parte de lo comentado anteriormente, quería añadir que he tenido dos pagadores pero un de ellos sólo 900 euros.
Mi pregunta al respecto es si LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO QUE TUVE AQUÍ HAY QUE AÑADIRLO EN LA DECLARACIÓN XQ EN EL BORRADOR NO APARECEN.
Respecto al comentario del día anterior, quería añadir que primero me inscribí como demandante de empleo, posteriormente me empadroné en Terrassa y posteriormente empecé a trabajar. todo en el mismo año.
Espero puedan ayudarme. Gracias de antemano
SAludos
en respuesta a
Jorgevazquez
-
Nuevo
#507
verdeyblanco
09/04/15 19:24
Qué documentación aportaste??? Gracias
Nuevo
#506
verdeyblanco
09/04/15 11:24
Hola, mi situación es un poco caótica pero si me podéis ayudar os lo agradecería.
Estoy empadronada en un pueblo de Cádiz, pero vivo desde hace años en Huelva (no me he empadronado aquí hasta este año 2015), tengo en Huelva mi médico y vivienda de alquiler con opción a compra (desde hace año y medio y no sé si puedo meterla en reducción). He trabajado aquí durante 8 años y el año pasado me llamaron de funcionaria interina y me tuve que cambiar de provincia, pero en dicha provincia no tengo ni médico (porque vuelvo los fines de semana) ni contrato de piso porque me quedo con un familiar. He sido demandante de empleo en Huelva 3 meses, hasta que me llamaron para trabajar fuera de Huelva.
No sé si puedo alegar reducción por movilidad geográfica. O qué tendría que hacer para el próximo año. O si me sirve sólo el contrato de alta en el cole ...
Muchas gracias por la ayuda, un saludo.
#505
08/04/15 12:53
Buenos días Ámparo,
Te comento mi caso:
- En 2012 me inscribí en la oficina de empleo de Murcia.
- A los pocos meses me hicieron un contrato laboral en Madrid por lo que cambié mi residencia.
- Disfruté de la reducción por movilidad en las rentas de 2012 y 2013.
- En 2014 se acabó mi contrato en Madrid, por lo que volví a Murcia y me inscribí en la oficina de empleo de nuevo.
- A los dos meses me volvieron a contratar en Madrid en otra empresa y he tenido que volver a trasladarme, donde actualmente resido.
Mi duda es, ¿Cuentan estos dos meses que volví a Murcia y me inscribí en la oficina de empleo para "resetear" este proceso y poder volver a disfrutarlo dos años más? ¿O debería de haber pasado en Murcia más de medio año para que contase como que he vuelto a cambiar mi domicilio habitual?
Durante todo este tiempo he estado empadronado en Murcia.
Un saludo y gracias!
Nuevo
#504
08/04/15 10:06
Hola,
El año pasado, el ejercicio 2013, solicite la reducción por movilidad geografica ya que creia cumplir todos los requisitos. Hacienda me hizo un requerimiento y presente en el plazo de 10 días toda la documentación. Al mes Hacienda me hizo la devolución correspondiente. Mi pregunta es ¿este año tengo derecho a marcar de nuevo dicha casilla de movilidad geografica? En el borrador que me han mandado no viene marcada.
Muchas Gracias, un saludo
Nuevo
#503
07/04/15 20:56
Buenas tardes,
Respecto a la deducción por movilidad geografica que requisitos hay que cumplir? puesto que yo estoy viviendo en casa de unos amigos sin justificantes. Estuve un mes en un piso de un compañero que me hizo un recibi es lo unico que tengo y no se si eso sirve. No me he cambiado mi domicilio puesto que estoy pagando hipoteca.
El tema es que he estado en desempleo y trabajo desde verano y me han retenido 2% asi que el tema que me sale a pagar 800 euros ganando menos de 15000e es de locos verdad?
si podeis aconsejarme
#502
07/04/15 20:10
Hola buenas tardes,
el año pasado cambié de comunidad autónoma desde Andalucía a Cataluña, llegué en Enero y para poder tener la posibilidad de encontrar un empleo me inscribí como demandante de empleo en el inem y me empadroné en Terrassa, posteriormente encontré trabajo a finales de marzo y ya en la declaración de la renta del año pasado( Abril-2014) me pidieron actualizar datos y puse el domicilio donde me empadroné a principios de año. Anteriormente estaba empadronado en un pueblo de Andalucía.
Me gustaría saber si puedo solicitar la deduccion por movilidad geográfica al cambiar mi residencia habitual el año natural en el que comencé a trabajar.
Espero me podáis ayudar porque sería un gran balón de oxígeno que pudiera reducírmelo en la declaración.
Si en Febrero de 2014, con el cambio de empleo, estabas apuntado al paro en Aviles y con empadronamiento en Aviles y cambias de domicilio habitual a Santander dónde tienes un nuevo contrato de alquiler en Santander con fecha de inicio Febrero 2014, si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para resolver tus dudas, con toda la información que acredite el cambio de domicilio habitual por motivos laborales.