Acceder
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
Consigue un ahorro de 400 € de media con TaxDown en la declaración de la renta.

¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
TaxDown

Si estás pensando en hacer la declaración de la renta en TaxDown tienes un 10% de descuento gracias a Rankia

  • Consigue un ahorro de 400€ de media
  • Tu declaración en 10 minutos
  • Obtén asesoramiento fiscal anual
  1. Nuevo
    #620
    23/06/15 19:02

    Hola,
    Yo me encontraba inscrita en una oficina de empleo de Madrid, pero mi domicilio habitual era en otra comunidad autónoma. Me mude a casa de una amiga unos días mientras buscaba un trabajo, ¿has de estar inscrito en la oficina del INEM de tu localidad o sirve la de destino?

    Y veo que se puede aplicar durante dos años, pero ¿prescribe la posibilidad de aplicarlo tras esos dos años? En recursos humanos de mi empresa me han dicho que había un plazo de 5 años para acogerse pero no encuentro información al respecto.

    Gracias y enhorabuena por este proyecto!

    Un saludo

  2. en respuesta a chema_sa
    -
    Top 100
    #619
    23/06/15 16:34

    Buenas tardes, así es ya que esta reducción solo la puedes aplicar el ejercicio del cambio de domicilio (declaración de la renta de 2013) y el siguiente (declaración de la renta de 2014). Un saludo,

  3. #618
    23/06/15 15:25

    Buenas tardes,

    "Podrán aplicar dicha reducción los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual, siempre que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de dicha residencia.Esta reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente."

    En mi caso el 17-12-12 Me incorporé al puesto del nuevo trabajo pero estuve 4 dias en la ciudad hospedandome en casa de unos amigos porque después estuve de vacaciones de Navidad.Volvi al trabajo en Enero de 2013 donde hice el cambio de residencia alquilando un piso ( el cual tengo el contrato ).No hice la declaración de 2012 porque solo estuve cotizando ese año en España esos dias (del 17 dic al 31 dic de 2012). Luego en la declaración de la renta 2012 no me
    beneficie de la reducción.En la de la renta de 2013 si me beneficie. ¿ Puedo marcar la casilla 9 en la de la renta 2015? Mis dudas vienen porque el texto de la pagina de haciendo no me parece claro...

    Muchisimas gracias por la ayuda!

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #617
    21/06/15 19:15

    Vale, muchas gracias Amparo. Haces una gran labor. Saludos.

  5. en respuesta a elenavermu
    -
    Top 100
    #616
    19/06/15 11:53

    Creo que no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica porque el día antes de aceptar el nuevo empleo, estás inscrito en el INEM en Almería, el mismo municipio dónde empiezas a trabajar y por tanto no consta que el desplazamiento haya sido por el nuevo trabajo.

    Saludos,

  6. en respuesta a Fran Log
    -
    Top 100
    #615
    19/06/15 11:50

    Si no estabas inscrito en el INEM no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica que beneficia a los desempleados que aceptan un empleo en diferente ciudad. En tu caso se trata de un desplazamiento dentro de una sede a otra, y por tanto no es la misma situación.

    No conozco si hay algún otro caso llevado a recurso admitido para eso tendrías que consultarlo a un profesional.
    Saludos,

  7. Nuevo
    #614
    18/06/15 18:30

    Buenas tardes,

    Expongo mi caso: En Julio de 2014 me quedo en paro y me inscribo en el INEM en Granada. En Septiembre me ofrecen un trabajo que iba a comenzar a finales de año en Almería y decido trasladar mi residencia ese mismo mes para que mis hijos comiencen el curso escolar en el nuevo destino. Alquilo una vivienda, nos empadronamos aunque no cambié el domicilio fiscal. Hago un traslado desde el INEM de Granada al de Almería. Posteriormente el inicio del nuevo trabajo se retrasa hasta abril de 2015 en el que e encuentro actualmente.

    Para la declaración de IRPF de 2014 me estoy deduciendo la hipoteca de Granada y no el alquiler. Por un lado me gustaría saber si esto es correcto y en cuanto a la deducción por movilidad geográfica si la podré aplicar en esta declaración, en la de 2015 o en ninguna.
    Muchas gracias por vuestra ayuda

  8. Nuevo
    #613
    17/06/15 17:25

    Hola,
    He leido mucho en este foro y no encuentro ningún caso como el mío.
    Una empresa que tiene fábrica en Cádiz y La Rioja.
    A la de Cádiz le realizó un cese total de la plantilla con despido colectivo y indemnización. Paralelamente aquel que quería de Cádiz, podía ir a trabajar a La Rioja, yo he sido uno de los que se ha ido a La Rioja a vivir con toda mi familia, contrato de alquiler, empadronamiento, cambios de colegio, etc
    El problema ha sido que no he pasado por el Inem, ya que el contrato es el mismo y sigo con la antiguedad que tenía en la empresa en Cádiz. Pero sí he cogido una plaza de las que está ofertando la empresa, ya que en La Rioja está creciendo en turnos y por lo tanto una mayor plantilla.
    1.- Aunque no cumplir con el requisito de estar inscrito en el inem ¿¿no tengo derecho a movilidad geográfica cuando he movido a toda la familia??
    2.- En caso de que no tenga derecho por no cumplir ese requisito, si lo llevo por vía recurso administrativa ¿¿hay jurisprudencia de algún caso parecido al mío que haya salido con sentencia favorable??
    Gracias.

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #612
    16/06/15 00:41

    Muchas gracias Amparo. Un saludo

  10. en respuesta a Victorrc
    -
    Top 100
    #611
    15/06/15 13:24

    Cumples los requisitos para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, no es necesario estar empadronado, con el contrato de alquiler es suficiente. Un saludo,

  11. en respuesta a Carlosh
    -
    Top 100
    #610
    15/06/15 13:17

    Bienvenido a Rankia Carlos, la verdad es que creo que en tu caso no se considera desplazamiento de la vivienda habitual porque no justificas el cambio a otro domicilio, sino a un hotel. La Agencia Tributaria no puede constatar que se ha modificado el domicilio habitual.

    De todos modos, te recomiendo que lo consultes con tu asesor fiscal por si hubiera algún caso al que acogerse y aplicar la reducción en tu declaración de la renta.

    Un saludo,

  12. Nuevo
    #609
    15/06/15 06:26

    Hola!! Expongo mi caso, que resulta peculiar, a ver si el año que viene podría obtener la Reducción por Movilidad.

    En febrero de este año mi empresa, para la que trabajaba con un contrato de Obra y Servicio, me hizo Fijo/Discontinuo. Ese mismo mes el proyecto en el que trabajaba se acabó y pasé a un periodo de discontinuidad, por lo que me fui al paro y pedí mi prestación.

    A finales de marzo la empresa me vuelve a convocar para trabajar en el programa de tv 'Supervivientes' y este trabajo exije un desplazamiento: Tres meses en Honduras. No me he empadronado en ningún lado porque vivo en un hotel que paga la empresa. He pedido en el hotel, desde donde les escribo este mensaje, un certificado de alojamiento.

    ¿Puedo señalar la casilla de movilidad geográfica en la declaración del 2015?

    A mi juicio sí: Estaba en el paro, he aceptado un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual (en este caso otro país) y he trasladado mi residencia habitual a un nuevo municipio.

    Por otro lado estamos hablando del extranjero, soy fijo-discontinuo y el hotel corre a cuenta de la empresa.

    ¿Me pueden arrojar algo de luz al respecto?

    Un saludo desde Honduras!

  13. en respuesta a Victorrc
    -
    #608
    14/06/15 13:09

    Hola Amparo, amplio mi comentario con mas datos.

    Decir que empecé a trabajar en Abril de 2014 y fines de semana y vacaciones volvia a Castellon, con lo que estuve mas de 183 dias en mi residencia habitual por lo que entiendo que no necesitaria cambiar mi domicilio fiscal no?
    Voy preparando contratos y facturas para presentar cuando me lo soliciten jejeje

  14. #607
    12/06/15 20:36

    Buenas tardes, te dejo mi consulta a ver si me puedes aclarar un poco este tema.

    En 2013 me quedo en paro, en Castellon, y me apunto en el INEM.
    En 2014 encuentro trabajo en Barcelona, y aqui sigo trabajando.
    Me he trasladado de Castellon a Barcelona, tengo contrato de trabajo, contrato de alquiler, facturas de luz, agua y gas a nombre del propietario del piso pero pagadas desde mi cuenta, facturas de telefono a mi nombre.
    Ni me he empadronado en Barcelona ni he cambiado mi domicilio fiscal, y quiero beneficiarme de la reducción por movilidad ya que cumplo los requisitos.

    ¿Lo hago tal como es mi situación o seria recomendable cambiar el padrón o domicilio fiscal? ¿Podria justificarlo sin cambiar nada?

    Muchisimas gracias!

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #606
    11/06/15 11:13

    hola .Amparo Sisternes . muy amable asi verda un respuesta muy clara gracias bisoo

  16. en respuesta a koko1976
    -
    Top 100
    #605
    11/06/15 10:01

    Buenos días, cumples los requisitos para la estatal, tendrás que revisar los requisitos de las Deducciones para el IRPF en Canarias, en concreto para la deducción por traslado de residencia a otra isla por motivos laborales (casilla 802).

    Se trata de una deducción de 300 euros en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. Pero, paraaplicar la deducción tienes que permanecer en la isla de destino durante el año en que se produzca el traslado y los tres siguientes. Si se incumple este requisito después de haber aplicado la deducción, deberás integrar el importe en la cuota íntegra del ejercicio en el que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora. Así que revisalo todo bien.

    Un saludo,

  17. #604
    11/06/15 02:00

    hola. mi consulta es el año 2013 estuve en un isla de canaria trabajando y después entro al paro como desempleado 1 meses. y cambiado + a otra isla de canaria para trabajar.y estoy empadronado. la pregunta 1.Aplicación de la reducción por movilidad geográfica.estatal eso quiero que si .
    2. pero se puede también Aplicación de la reducción por movilidad geográfica. por Deducciones autonómicas de la cuota. Comunidad Autónoma de Canarias. que son los requisitos. son igual o diferente a estatal..gracias

  18. en respuesta a Danim86
    -
    Top 100
    #603
    10/06/15 12:39

    Tienes que presentar el documento acreditativo de inscripción en el INEM. Un saludo,

  19. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #602
    10/06/15 12:34

    Muchísimas gracias.
    Una consulta más, la tarjeta de desempleo no es el alta de prestación por desempleo, ¿no?
    A mi lo que me dieron en la oficina de empleo de Madrid fue un papel (bastante pequeño, por cierto) que dice que se me da de alta como demandante de empleo. ¿Con eso es suficiente?

  20. en respuesta a Danim86
    -
    Top 100
    #601
    10/06/15 12:28

    Si, lo que tienes que presentar es la tarjeta de desempleo, no la vida laboral por tanto ningún problema para poder aplicar la Reducción por Movilidad Geográfica. Un saludo,