En el anterior post he tratado de explicar la razón fundamental de la fuente de regresividad en los impuestos indirectos. Me gustaría llamar la atención sobre una asunción que he asumido que consiste en que todas las empresas repercuten la subida del IVA, cuando esto no es cierto; ya que realmente se repercute en los bienes básicos y no en los bienes no básicos, (donde el poder de la demanda es mayor y en consecuencia las empresas se comen la subida). Esta no es una regla del todo exacta, ya que en realidad el impacto del IVA en el precio de los bienes depende de la elasticidad del bien, (porcentaje de variación de las cantidades demandadas ante cambios porcentuales de los precios). Sin embargo, en la realidad los productos básicos son por definición inelásticos, mientras que los bienes de segunda necesidad o de lujo, son elásticos.
En su día expliqué el proceso de forma gráfica en el que se analiza el impacto del IVA en los precios, y por tanto, remito a este post para tratar de explicar la conclusión de que en los bienes necesarios y en los que las variaciones de demanda apenas dependen de los precios, la subida de IVA es casi íntegramente subida de precio. No hay demasiada discusión sobre tal conclusión, que por otra parte es obvia, si hacemos un repaso a lo que ocurre a nuestro alrededor. Quizás en un alarde de coloquialismo, podemos entenderlo mediante una frase muy socorrida: “cuando nos tienen pillados, pueden repercutir lo que les de la gana, mientras que cuando estamos hablando de productos o servicios que podemos elegir, somos nosotros los que los tenemos pillados y se lo comen”.
Ayer traté de explicar que ante subidas del IVA, en los que se repercutía toda la subida en todos los artículos, encontrábamos un efecto regresivo. Cuanto mayor sea la renta, menor era el impacto. Como ya había avisado que esta suposición no era realista, tendremos que introducir realidad en la ecuación. En realidad tampoco es tan difícil.
Por un lado tenemos el efecto primario que nos indica que las subidas de IVA perjudican más a las rentas bajas que a las altas, por el mero hecho de que las rentas bajas tienen una capacidad de ahorro mejor, (clave para determinar el impacto). Pero por otro lado no debemos olvidar que el consumo de las rentas bajas es más intensivo en productos básicos. Cuanto mayor sea la renta de una familia o persona, menor será el porcentaje de su renta que destinará a gasolinas, a alimentación, a electricidad y a tantos productos básicos.
La conclusión por lo tanto es clara; si bien los dos consumidores de los que hablaba ayer compran productos básicos, el porcentaje que estos representan es inferior en el de gama alta. Por lógica pura y dura, y dado que precisamente son estos bienes en los que las subidas de IVA se repercuten en mayor proporción a los precios; nos queda hacer una simple operación para acordarnos que los impuestos indirectos dependen de los precios, para concluir que la subida del impuesto es mayor en estos bienes, lo que magnifica el impacto.
Dicho de otra forma; cuando se incrementa el tipo de productos básicos, se incrementa la recaudación de los impuestos, mientras que en bienes que no son esenciales o de los que se puede prescindir, las subidas de impuestos comportan reducciones finales de la recaudación. (por esta razón en unos casos nos encontramos con impuestos indirectos sin temer y en otros casos nos encontramos con subvenciones al bien en referencia, que no son más que un impuesto indirecto negativo, tal y como he explicado en su día).
Estando claro que el efecto sobre la regresividad fiscal se exagera debido a este efecto, pero sin embargo, tenemos que tener claro que además de este efecto tenemos que la subida de precios, (además de la de impuestos), impacta sobre la renta disponible de las rentas más bajas y además de tal forma que no se observará en las estadísticas, (es uno de los efectos por los que el IPC no refleja de forma adecuada la pérdida de poder adquisitivo).
Exactamente los mismos razonamientos, (y por tanto conclusiones), nos encontramos con el resto de impuestos indirectos, que por definición se aplican a productos de los que la demanda no puede escapar. De esta forma es fácil entender como a medida que modificamos la relación impuestos directos versus impuestos indirectos a favor de los segundos, estamos introduciendo en el diseño tributario una fuente muy importante de regresividad fiscal.
Además tenemos que tener en cuenta que todo este razonamiento lo debemos encuadrar en un entorno que podríamos definir como de “un mundo perfecto”; porque en realidad tenemos unos cuantos efectos que además afectan a este entorno.
Porque luego tenemos algunos efectos que se salen de la teoría, y que por cierto empeoran la situación. En primer lugar tenemos las famosas distorsiones; paradójicamente a pesar de que en los discursos cuando se pide que si hay que subir impuestos, que sea en impuestos que no generen distorsiones todo el mundo entiende que se trata de pedir subidas el IVA, la realidad es que los impuestos indirectos son el primer instrumento para tratar de distorsionar los mercados, en el sentido de tratar de influir en los comportamientos de la gente.
Cuando alguien, (quien sea), se plantea bien apoyar, bien penalizar determinado sector por las razones más variopintas que se nos ocurran, lo primero que se plantea es la imposición de una tasa al bien, o tocar el tipo de IVA que toca o incluso el comentado tema de subvenciones que no son otra cosa que un tipo impositivo negativo.
En todo caso, todas estas distorsiones, al final de una forma u otra, suponen también un coste que supone también que el importe que contribuye cada colectivo dependerá del poder de este, lo cual supone otra fuente de regresividad.
Por otra parte, también tiene cierta importancia el hecho de las facturas deducibles. No podemos olvidar que ciertas capas de la población, se caracterizan por la recopilación sistemática de todo tipo de facturas, para de esta forma deducir las cuotas pagadas por el IVA, hecho que afecta desde luego a la cantidad de impuestos que paga cada persona y a su vez afecta a la regresividad.