Maltijo no te entiendo. Hacía mención a que si, normativamente, (que yo no tengo ni idea ojo), se puede, por estar en el paro (supongo que no), contratar un plan de pensiones en el año 1, desgravarlo en el año 2, y nuevamente contratarlo en el año 2 para desgravarlo en el año 3. Se que es un poco paranoico. De esto entiendo poco, creo que te refieres a que al no tener ingresos no puedes desgravarte nada y por lo tanto no pagas pero tampoco te devuelve hacienda con esta triquiñuela.
Ah, una curiosidad, conozco algún que otro caso que, por cosas de la vida hay parados de larga duración con un patrimonio de mil pares..., no creamos que todos los que no trabajan son unos tiesos, hace algún tiempo me dieron una lección muy curiosa con este tema..., en concreto un conocido, que me dijo que técnicamente el era un parado de larga duración aunque realmente lo que era es un rentista de larga duración, lo peor es que era verdad...,
saludos.
Método, disciplina y tiempo