Ostras ni idea ... en teoría se puede embargar todo ... excepto el salario mínimo .. hoy en 900 euros y parece que van a ser 950 en poco .... y de los bienes y enseres ... pero buscando ahora el la red, veo esto:
En cuanto a los bienes inembargales, están considerados como tales los bienes siguientes: * El mobiliario y el menaje de la casa y las ropas del ejecutado y de su familia, que no tenga consideración de superflua. Aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindible para que el ejecutado y las personas dependientes de él puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia. * Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada. * Los bienes sacros y dedicados al culto de las religiones legalmente registradas.
Pero te insisto "ni idea" ... ahora bien sin ser abogado (no lo soy) al embargo de tipo de cosas, le veo una pega ... y gorda ... y es que no se puede ir a un tribunal y pedir "señoria embargue todos vehículos de este tipo" .. hay que poner que vehículo, que matricula, y se tendrá que aportar un informe de tráfico que acredite que figura a nombre del deudor, en caso contrario el juez no lo autorizará.
Bajo tal perspectiva, albergo muchas dudas que se pueda pedir "embarguen muebles, electrodomésticos, la tele y el portátil... " habrá que identificar tales bienes, y no parece fácil que el acreedor pueda obtener una lista de tales bienes. Pero además hay otro problema: imagina que si se pueda y se ponga a subasta, quien se lo.adjudicase en tal subasta ¿que hace? ¿venderlos por Wallapop? Y además mientras no lo vendiera, tendrá que guardarlo en algún lugar .. y eso no es gratis.