Rescato este hilo puesto que me veo en el jaleo de herencias, y veo cosas que me sorprenden mucho.
Los herederos ya tienen el dosier (es lo que se llama testamentaría?) en la que figura el certificado de defunción, identifica quienes son los herederos legales, el pago de los impuestos correspondientes y la disposición a cada heredero de el saldo de una cuenta corriente y un fondo de inversión.
En el banco me "invitan" a firmar un escrito de tramitación de testamentaría (¿no es el dosier que tengo ya encima de la mesa y por el que un abogado y un notario ya han cobrado lo suyo?) por el que a los herederos les van a clavar una comision de 80 eurazos, y en el que además los herederos renuncian de forma explícita a, :
" culquier tipo de reclamación ante esa entidad u organismo superior, en caso de que los documentos aportados o requeridos no fuesen suficientes para la correcta tramitación de la misma y ello ocasionase retrasos no imputables al banco."
Además, me indican que han de abrir cuentas individuales, cuando los herederos ya disponen de una común en calidad de titulares indistintos.
Pues eso, no tengo ni idea de que va este jaleo con renuncias explícitas , aperturas de cuentas a tutiplen y comisionaza de 80 euros por tramitación de testamentaría, cuando ésta ya está hecha, los impuestos pagados y reparto de saldos descritos conforme a lo que la ley manda.
A mi de entrada todo esto me parece turbio, a ver si alguien puede aclararmelo.