#16
Re: Comisiones por posición deudora en cuenta heredada
Continuación de la respuesta 15 anterior ............
Resulta que si se firma un acuerdo posterior, se está consintiendo (aceptando) lo que había, en este caso el suelo, y a primera vista carece de sentido demandar algo que has aceptado con posterioridad, en esta ocasión ya suficientemente informado de los efectos .... peeero algún abogado, se dijo, no es posible aceptar en un nuevo contrato una cláusula (la de suelo) si esta fuera ilegal, algo que es ilegal (valga la redundancia) no puede ser subsanado en forma alguna, por cuando se declara ilegal, se retrotraen sus efectos, como si no hubiera existido nunca, por tanto, si no existe, nada se puede pactar sobre ello.
No obstante, como indiqué, el suelo nunca fue ilegal, sino no aplicable, es mucho, pero no es lo mismo ..... y otra vez al TSJUE que ya resolvió sobre ello ... pero con ciertos matices, que ya algo tan técnico de leyes, mis conocimientos no son capaces ya de delimitar que ocurre con los que tenían suelo, pero acuerdos con el banco firmados posteriormente, con renuncia a acciones legales ... si tienen posibilidades o no, y ya cuando el/la afectado/a lamentablemente no puede actuar y serán sus herederos, ni la mas remita idea ... ahora bien, si te vas al blog de@consumerista aquí en Rankia, que es un abogado asturiano (creo) y que está metido en estas cosas mercantiles, y parece su especialidad legal, encontrarás post's de blogs que hablan concretamente de estos casos de suelos con novación (pacto) posterior, y como está el asunto legalmente.
Suele publicar una o dos veces al mes, en ocasiones incluso más, yo estoy suscrito a su blog, sin embargo, no creo que tengas que buscar "muy para abajo" de sus publicaciones para encontrar las que corresponden a este supuesto !!! no a va ser el último artículo, pero tampoco vas a tener que "bajar" más de 6, 7 o puede que 10 publicaciones.
Creo que este es uno de ellos .... https://www.rankia.com/blog/consumerista/4781529-critica-sentencias-ts-5-11-2020-acuerdos-novatorios-suelo pero creo recordar que hay mas post's de blog, sobre todo el show ese.... !!!!!
Resulta que si se firma un acuerdo posterior, se está consintiendo (aceptando) lo que había, en este caso el suelo, y a primera vista carece de sentido demandar algo que has aceptado con posterioridad, en esta ocasión ya suficientemente informado de los efectos .... peeero algún abogado, se dijo, no es posible aceptar en un nuevo contrato una cláusula (la de suelo) si esta fuera ilegal, algo que es ilegal (valga la redundancia) no puede ser subsanado en forma alguna, por cuando se declara ilegal, se retrotraen sus efectos, como si no hubiera existido nunca, por tanto, si no existe, nada se puede pactar sobre ello.
No obstante, como indiqué, el suelo nunca fue ilegal, sino no aplicable, es mucho, pero no es lo mismo ..... y otra vez al TSJUE que ya resolvió sobre ello ... pero con ciertos matices, que ya algo tan técnico de leyes, mis conocimientos no son capaces ya de delimitar que ocurre con los que tenían suelo, pero acuerdos con el banco firmados posteriormente, con renuncia a acciones legales ... si tienen posibilidades o no, y ya cuando el/la afectado/a lamentablemente no puede actuar y serán sus herederos, ni la mas remita idea ... ahora bien, si te vas al blog de
Suele publicar una o dos veces al mes, en ocasiones incluso más, yo estoy suscrito a su blog, sin embargo, no creo que tengas que buscar "muy para abajo" de sus publicaciones para encontrar las que corresponden a este supuesto !!! no a va ser el último artículo, pero tampoco vas a tener que "bajar" más de 6, 7 o puede que 10 publicaciones.
Creo que este es uno de ellos .... https://www.rankia.com/blog/consumerista/4781529-critica-sentencias-ts-5-11-2020-acuerdos-novatorios-suelo pero creo recordar que hay mas post's de blog, sobre todo el show ese.... !!!!!