Solo puedo responder por sentido común y comparación.
Vámonos a los seguros que es su forma tradicional de actuacuón y desde hace muchos años, es la red de agentes. Como bien sabes son personas que tienen una concesión, comercializan seguros a cambio de una comisión.
Bien, hay dos tipos de agentes, los agentes afectos que son delegados y comisionistas de una única compañia. Luego están los brokers o corredurias de seguros que no están afectos a ninguna aseguradora y son comisionistas libres con capacidad para contratar con quien estimen por oportuno.
Entonces un agente afecto y en terminos legales cuando le comunicas algo, un siniestro, una reclamación, etc. es igual que si lo hicieras a la aseguradora ya que estás ante su delegado exclusivo en una zona, en una localidad, etc., por el contrario las comunicaciones a un brojker no suten los mismos efectos porque aquel agente o empresa es uno libre no vinulado a ninguna compañia en exclusiva.
Con esta comparación y sin ser abogado, entiendo que un agente bancario es exclusivo, no puede representar al mismo tiempo al Santander o al
BBVA, su contrato es de exclusividad, incluso si además tiene una gestoria u otro negocio que, desde luego no va a ser competencia con su agencia de banco.
Entiendo, por tanto, que cualquier operación que se hace ante un agente bancario, se hace con el banco, el o la agente es un mediador, simplemente eso. De hecho, cuando ingresas, retiras dinero, haces un préstamo, constituyes un depósito, fondo de inversión o si suscribes sus seguros o servicios, toda la documentación es del banco, el agente no figura por ninguna parte a excepción del lugar o la referencia de que se hace "a través", no a .... del/de la agente.
Entiendo al mismo tiempo (hipoteticamente) que esgrimir tal excusa por parte del banco, sería similar la infidelidad de empleados, que en ningun caso puede afectar al cliente frente a la empresa reclamada, es su empleado o en este caso delegado, comisionista, agente o como quieran denominarlo.
Ahora bien, el mismo modo que antaño con asuntos de "banca paralela" (nota al final), los bancos no aceptaban las reclamaciones a la primera y uno se podria ver obligado a acudir a los juzgados, no respondería a la realidad y posibilidades legales del/de la reclamante, se trataba de poner dificultades (trabas) a los/las reclamantes en un intento y supongo que muy efectivo, de que hubieran menos peticiones de las presuntas estafas reales y de este modo reducir el "volumen del agujero".
Nota final: Esto de "la banca parelela" esra cuando los controles bancarios, informaticos, de seguridad en el efectivo, etc., no estaban tan avanzados como ahora y un director (normalmente hombres, porque hace 15, 20 o más años, pocas directoras habían) se montaba un banquito en su despacho, al margen de la empresa, recibia depósitos en ocasiones de dinero B, alegando sus contactos en Andorra, Gibraltar o ve tu a saber donde, daba resguardos del banco, o incluso libretas de ahorro el banco con anotaciones a maquina de escribir y o mas adelante con un ordenador portátil particular y una impresora que podria haber comprado en cualquier lugar. Estos asuntos acaban explotando tarde o temprano .. o alguún dia un cliente iba a poner la libreta al corriente, el director o quien fuera no estaba ahí, le atendia otra persona y no cuadraba nada.
En estos casos como podria haber B y cosas "de Andorra" cuando era paraiso fiscal (ya no lo es) algunos que habrían perdido el dinero, a ver como se va a un juzgado alegando que tengo dinero negro en Andorra, el señor director este que el banco ha puesto de patitas en la calle me lo gestionda y yo no sabía que tener dinero negro es ilegal ... aver tu, como se hace esto !!!!
Por tanto, que el banco intente no pagar y a ver que pasa en los juzgados por si reclaman todos o solo unos cuantos, hay que entender que es una posibilidad. Sin olvidar que para ir a un juzgado hay que pagar abogados/as, porcuradores/as y, aunque luego se puedan recuperar estos gastos, de momento hay que pagarlos.