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Herencia

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#1

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El mes de octubre pasado falleció mi madre que nos dejo en herencia a mi hermana y a mi un dinero y unos fondos. El dinero y los fondos estaban en una cuenta conjunta a nombre de mi madre y de mi hermana, que es con quien vivía. Después de todo el papeleo la semana pasada nos trasfirieron el dinero que según testamento era mitad para cada uno al igual que los fondos. Hubo una pequeña discusión que si a mi solo me correspondía la cuarta parte al ser la cuenta conjunta pero al final se resolvió y trasfirieron la mitad a cada uno. 
El viernes de la semana pasada me trasfieren los fondos y me trasfieren solo la cuarta parte. Hoy hablando con el banco aduciendo lo dicho anteriormente se han negado a que sea mitad y mitad como consta el el testamento.

?Alguna idea o posible solución?.

Gracias
#2

Re: Herencia

Legalmete es como dice el banco. Tras el fallecimiento la mitad 1 de tu madre pasa a las dos hijas y la mitad 2 era y sigue siendo de tu hermana. A ti te toca sólo la mitad de la mitad 1 = 1/4 y a tu hermana 3/4. Si el banco lo hace de otra forma es ilegal.

La única solución es que tu hermana te transfiera a ti después el 1/4 del total que te falta. Si lo transferido es más de 10k, hay peligro de que hacienda lo tome por donación. Así que mejor que ella por ventanilla pida el dinero en metálico y al día siguiente lo saca y te lo da. 

Tú tampoco lo podrías ingresar de golpe porque avisan a hacienda a partir de 3k y de 1k te identifican. O te lo quedas y vas tirando de ahí (lo mejor) o lo vas metiendo muy poco a poco cada 2 meses o así y en cantidades irregulares hasta con céntimos variables.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#3

Re: Herencia

Gracias
#4

Re: Herencia

Una pregunta que no has dicho antes. Los titulares eran tu madre y hermana, ¿pero el dinero realmente de quien era? Es que yo he supuesto que era de tu madre y lo mismo tu hermana metió dinero ahí.

Si la relación con tu hermana es mala y no te da el dinero, podrías ir a un abogado para que demuestre que el dinero realmente era sólo de tu madre aunque es difícil.

La moraleja es que en las cuentas bancarias o se ponen todos los hijos o no se pone ninguno.

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#5

Re: Herencia

Esta claro, pero mi hermana no se opone a darme lo que me corresponde, lo que pasa y como muy bien tu dices es un coñazo y perdona la expresión, tener que andar sacando dinero poco a poco y guardándolo
#6

Re: Herencia

Sacar lo puedes sacar de golpe. Es meter lo que no se "puede".

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#7

Re: Herencia

esta claro
#8

Re: Herencia

Con respuestas como estas no sé como la gente se queja de que faltan médicos, o que la sanidad pública hay que defenderla con más dinero...



España, país de trileros.... así nos vá...

Ahora me pones a parir chato, y así me recuerdas porqué te tengo bloqueado...


#9

Re: Herencia

Lo importante es saber, y estar de acuerdo, en quién es el propietario tanto del dinero como de los fondos. 
Si, como parece deducirse de tu mensaje, vuestra madre era la propietaria al 100x100, da igual lo que diga el banco, tu hermana y tú firmáis el correspondiente documento privado de partición y adjudicación al 50% y así lo tendrá que ejecutar el banco. 
Lo malo es si el banco os ha hecho firmar un documento con un reparto diferente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Herencia

Tal vez lo estoy complicando mas (lo siento):

A ver ....el dinero de una cuenta, depósito, fondo, etc., se presume que corresponde a los titulares de la misma a partes iguales, salvo prueba en contrario, es decir, si la cuenta tiene dos, la mitad para cada uno.

Ahora bien ¿Qué es prueba de contrario? Por ejemplo algo muy habitual en cuentas de personas mayores en las que están en cotitularidad con un/a hijo/a, pero aquella cuenta sólo recibe la pensión de la persona mayor, sin otros ingresos y desde luego ninguno del o de la cotitular. Esa cuenta tiene una "prueba en contrario" indiscutible.... la cuenta es 100% de la persona mayor. Solo que esporadicamente el o la cotitular ingrese o reciba algún abono, tal prueba se desmonta.
#11

Re: Herencia

Estoy de acuerdo con los argumentos de que si la totalidad del dinero era de la difunta, lo que corresponde es gestionarlo de forma que en el reparto de la herencia vaya como tal.

Desconozco si el documento de reparto de la herencia lo habéis gestionado por medio de notario (documento público) o en documento privado; como habéis gestionado la liquidación de Sucesiones etc..

Pero si en el documento de reparto viene junto con el inventario pormenorizado de bienes, la asignación exacta de la herencia, esta cumple con los mínimos marcados por la ley, y además se ha pasado ya por la liquidación del correspondiente impuesto de sucesiones... al banco ya solo le queda ejecutar lo marcado, no darle una "nueva relectura" a la situación.

Saludos
#12

Re: Herencia

En principio no parece muy normal que el dinero depositado se considere propiedad de la difunta al 100x100 y los fondos de inversión no, salvo que haya algún dato que no conozcamos.

Una cosa es que Hacienda presuma la coparticipación al 50% y otra es que el banco se atribuya esa facultad. Legalmente, la cotitularidad de la cuenta bancaria, por la apariencia de figurar indistintamente a nombre de dos personas, solo da base para generar una presunción simple de copropiedad, pero el determinar si esa presunción se corresponde con la realidad es cuestión ajena totalmente a la relación de los titulares con el Banco.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#13

Re: Herencia

Exacto, el banco no es quien "para opinar" y menos tomarse la facultad de interpretar, salvo que como bien dices hay datos que no conozcamos. 

A mi sorprende que "se tomen libertades" en un asunto como este.
#14

Re: Herencia

Habría que indicar que si los herederos piden el dinero al banco, no aportan ninguna documentación acreditativa como una partición de herencia de que todo era patrimonio de la difunta e incluso en el impuesto de sucesiones que debieron dejar copia en el banco, las hijas tributaron por dicha cuenta a 3/4 y 1/4, el banco no puede cambiar, sólo por un comentario verbal de las hijas, a como se ha procedido en el impuesto de sucesiones. Faltan datos por conocer que incluso las hijas pueden desconocer, si una gestoría les tramitó el impuesto y desde ahí partió el error.

Es común encargar el impuesto de sucesiones a la gestoría, sin más, entregando sólo el testamento y los 2 certificados, de voluntades y defunción, sin decir cómo será la partición de herencia. El gestor se basa en los documentos y elabora el impuesto de sucesiones acorte al testamento. Luego en el banco se lía al repartir el dinero porque eso sí interesa. En el gestor mientras más pidas, más pagas, a veces.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#15

Re: Herencia

Como dije en mi mensaje #9, es imprescindible el documento de partición y adjudicación. 
Si le dejas al banco hacer lo que quiera, luego no te puedes quejar si te hace una "avería".

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

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