Esta promoción no es la misma que la de la que hablé (5 de octubre 2022 a 2 de diciembre de 2022).
¿Cuál será la fecha de corte entonces?
No sé si entiendo bien esta pregunta. Aún así, haré el intento de responder, a ver si acierto.
El cliente tendrá que domiciliar la primera nómina, pensión o ingreso, dentro de las cuatro fechas de liquidación siguientes a la firma del Boletín de adhesión a la campaña, que tendrán lugar los días 8 de cada mes, a contar desde la fecha de la firma.
Los primeros 10 días de cada mes, se verificará por el Banco la domiciliación de la nómina, pensión o ingreso recurrente.
Suponiendo que las bases de la promoción a la que se ha adherido
@josetrabajo indican esto que cito arriba o similar (que es mucho suponer, puesto que son extractos de la promoción a la que yo me adherí, no de la actual), pienso que en este caso está muy claro.
Simplificando, digamos que la promoción tiene 3 partes diferenciadas:
1. Adhesión mediante firma de las bases (condiciones).
2. Cumplimiento de los requisitos para recibir la bonificación.
3. Cumplimiento del compromiso de permanencia.
Se adherió a la promoción este mes (primera parte).
Antes del día 8 ya recibió el ingreso y se cargaron los dos recibos. Por lo tanto, ya ha cumplido también la segunda parte de los requisitos, la necesaria para que el Santander le ingrese la bonificación.
El día 10 (hoy) el banco verifica si el cliente ha cumplido requisitos para ingresarle la bonificación y, dado que éste ha cumplido, hace el ingreso en su cuenta.
Ahora falta la tercera parte de los requisitos, cumplir el compromiso de permanencia. ¿Qué significa este compromiso?
En mi promoción era (cito textualmente):
A cambio de recibir el incentivo, el Participante se compromete a mantener la domiciliación de la nómina, pensión o ingreso recurrente al menos durante 12 meses consecutivos a contar desde la recepción en la Cuenta abierta en el Banco de la primera domiciliación de la nómina, pensión o ingreso recurrente.
En la promoción actual supongo que hablará de mantener el ingreso (ya sea nómina, pensión o ingreso recurrente) más los 2 recibos.
En este punto, el del compromiso de permanencia, yo entiendo que el banco está hablando de meses naturales.
Por lo tanto, el banco verificará cada día 10 durante todo el periodo de permanencia si el cliente ha cumplido los requisitos o no por mes natural.
Además, las bases también indican (cito textualmente):
Si bien, de forma excepcional, no se considerará incumplimiento, si el Participante por motivos suficientemente justificados a juicio del Banco, no mantiene la domiciliación de la nómina, pensión o ingreso recurrente, en los términos establecidos los en las presentes Bases legales durante dos meses consecutivos o no, dentro del periodo de permanencia [...]
Así pues, mi respuesta a tu pregunta
¿Eso significa que una nómina enviada el 28/10 y otra el 03/11 (por poner un ejemplo) sería redundante (una de ellas) de cara a la promo?
es que no claramente, serían dos nóminas válidas.
No sé si responde exactamente a tus dudas,
@ravel