Para vuestra información, hoy he recibido el siguiente comunicado al respecto de cambio del periodo de liquidación de la tarjeta.
Estimado Cliente:
Nos ponemos en contacto contigo para comunicarte que, con motivo de una actualización de nuestros sistemas informáticos, se va a producir un cambio en el periodo de liquidación y la fecha de cargo de los recibos de tu/s Tarjeta/s de Crédito de Bankinter Consumer Finance, E.F.C.,S.A.; y que será de aplicación desde el día 1 de abril de 2025.
A partir de dicho momento:
- el periodo de liquidación que se tendrá en consideración para el cálculo de la cuota mensual abarcará desde el penúltimo día hábil del mes hasta el antepenúltimo día hábil del mes siguiente; lo que no tendrá por qué coincidir con el mes natural, dado que dicho periodo podrá variar dependiendo del calendario hábil en el sistema bancario.
Por ejemplo, si tomamos como referencia el periodo de liquidación del próximo mes de mayo, éste abarcará desde el 29 de abril hasta el 28 de mayo (ambos inclusive). No obstante, te informamos de que el periodo de liquidación será, en todo caso, indicado en el correspondiente extracto mensual.
- La fecha de cargo de tus recibos mensuales en la cuenta de domiciliación asociada se llevará a cabo el día hábil siguiente al de cierre del periodo de liquidación, aunque podrá producirse hasta dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del mes siguiente; dependiendo, igualmente, del calendario hábil en el sistema bancario.
Siguiendo con el ejemplo anterior, las operaciones realizadas entre el 29 de abril al 28 de mayo se cargarán en la cuenta domiciliaria desde el día 29 de mayo hasta el 6 de junio (ambos inclusive).
Asimismo, te destacamos que, como consecuencia de este cambio, el periodo de liquidación del mes de abril, que será el primero en verse afectado, tendrá una duración irregular; abarcando desde el 1 de abril hasta el 28 de abril (ambos inclusive). Por su parte, el recibo de las operaciones realizadas en dicho periodo se cargará desde el día fl9 de abril hasta el 7 de mayo (ambos inclusive).
Te informamos que, si no estás de acuerdo con las modificaciones que te hemos comunicado, puedes hacérnoslo saber antes de su entrada en vigor, a través del teléfono gratuito 900 811 311. En tal caso, podrás resolver, sin coste alguno, tu/s Contrato/s, con derecho a la devolución proporcional de las comisiones y gastos satisfechos por anticipado, tras el pago de la deuda pendiente (lo que podrá hacer según la modalidad de pago seleccionada en dicho momento, aplicándose las condiciones pactadas de tipo de interés). Transcurrido ese plazo, si no nos comunicas lo contrario, se aplicarán las nuevas condiciones.