Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Hungría, Polonia, Rumanía y Suecia.
Más 3 de los 4 países de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio):
Islandia (corona islandesa), Liechtenstein (franco suizo) y Noruega (corona noruega).
Excluida Suiza que, pese a formar parte de la AELC, en referéndum del 06/12/1992 rechazó integrarse en el EEE por un estrechísimo margen (50,3% vs. 49,7%).
Estos 30 países están también entre los 38 países que actualmente conforman la zona SEPA. El BdE dice en esta web suya oficial que son 36 los países de la zona SEPA, pero muy recientemente (el mes pasado, noviembre 2024) se aceptó la adhesión de de 2 países más: Albania y Montenegro.
Puede que algunas páginas no incluyan todavía a estos 2 nuevos miembros SEPA por el hecho de que aunque su adhesión está aprobada en nov-24 será habilitada, operativa, a partir de abr-25, según contenido completo del enlace anterior.
Así, de los 38 SEPA habrá 8 que no forman parte del EEE y por tanto, entiendo, no les afectará el Reglamento (UE) 2024/886 sobre transferencias inmediatas. Serían: Albania, Andorra, Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, Montenegro, Reino Unido, San Marino y Suiza.
En cuanto a plazos tope o plazos máximos para dar cumplimiento el Reglamento (UE) 2024/886 en materia de que a las transferencias inmediatas en euros no se podrán aplicar mayores comisiones que a las que hubiere, si las hubiere, por transferencias ordinarias en euros. Entiendo que en ordinarias se incluyen las intradía, pues inmediatas no son.
Si la moneda oficial del país (Estado miembro) del EEE es el euro:
Hasta el 9 de enero 2025 para RECIBIR inmediatas en euros
Hasta el 9 de octubre de 2025 para ENVIAR inmediatas en euros
Si la moneda oficial del país (Estado miembro) del EEE es distinta al euro:
Hasta el 9 de enero 2027 para RECIBIR inmediatas en euros
Hasta el 9 de julio de 2027 para ENVIAR inmediatas en euro
Ya veremos si los bancos ponen o suben comisiones a las transferencias ordinarias para así evitar gratuidad en la lógica avalancha de peticiones de transferencias inmediatas. Poder podrían hacerlo. A lo que obliga el Reglamento es a que debe costar lo mismo enviar o recibir una ordinaria que enviar o recibir una inmediata. También podrán imponer un importe máximo a transferir en caso de inmediatas.
Ni idea sobre qué pasara en algunas entidades que en sus tarifas de comisiones tienen comisión para enviar transferencias ordinarias desde oficina física de la entidad y no la tienen, o es más baja, si el envío de la transferencia fuese online (por app o web). Con las órdenes telefónicas de transferencia ordinaria, si siguieran existiendo, no sé tampoco qué pasará o cómo quedará la cosa.
¿Algún banco español no agotará el plazo que tienen hasta el 9 de octubre 2025 para que podamos enviar transferencias inmediatas en euros al mismo coste que las ordinarias? Aunque ya sabemos que alguna entidad, Pibank por ejemplo, no cobra comisiones ni por enviar ni por recibir inmediatas, aunque -eso sí- impone importes máximos. Esa ventaja competitiva podría diluirse dependiendo de qué hagan sus "rivales".
Vamos comentando, si os parece, noticias y acontecimientos sobre esto que está por venir y llegará antes de que acabe el año próximo, al menos para quienes vivimos en países del EEE y somos de la eurozona.
Y si en algo me columpié, agradezco el aviso para evitar confundir.
#2
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
Ya sabíamos que Pibank y Revolut se desmarcaban del resto ofreciendo transferencias inmediatas gratuitas.
Ahora se añade el primero del trío calavera que anuncia gratuidad en el envío de inmediatas desde el 9-ene. Faltaría saber importe máximo posible en las inmediatas y si no hacen como en Pibank que la 1ª inmediata a otra entidad está limitada en su importe.
Creo que vía App, ahora me haces dudar, me dura la resaca de Navidad, pero sí, yo ya estaba en conocimiento del tema, pensé que también sería así a nivel general. S2.
#8
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
Bueno, gracias a tod@s por los aportes que han surgido y puedan surgir sobre el tema. Mi intención sería crear tabla con la hoja de cálculo de Google Drive (Google Sheets) y compartir su enlace para que pueda ser visualizada por cualquier internauta que tendría permisos de solo lectura. Claro que si alguien se animase a contribuir con este proyecto, podría inyectarle permisos de edición a su cuenta de correo Gmail para que también pueda editar, añadir filas o columnas, subsanar errores o erratas, actualizarla a medida que los bancos vayan "mojándose", etc. En esta primerísima versión (v241226_1; añomesdia_ordensecuencial) su aspecto actual es: Supongo que habrá un montón de variables a tener en cuenta, la casuística es enorme: que si la comisión depende del importe a transferir, que si puede ser comisión fija, variable, o un fijo más un % sobre el importe, si depende del nombre oficial del producto comercial, que si máximo por cada inmediata y máximo por día, etc. Seguro que se me escapan otras variables no contempladas hasta ahora y puede que alguna/s sobre/n, por no aportar nada o poca cosa.
El enlace sería (no sé si funcionará y si está correctamente impedida la edición de la hoja): Transferencias Inmediatas Es eso, solo una propuesta, que de cabeza ya podría contener errores al ser un boceto de una primerísima versión con pocos datos, y no sé si resultaría inabordable por la enorme casuística que podamos encontrar. Las celdas con un triangulito negro en la esquina superior izquierda refieren que hay una nota escrita asociada a esa celda para aclarar algo. No sé tampoco si se podrá ver el contenido de la nota al pasar el ratón por dichas celdas... Todo esto es una prueba y con las fechas en las que estamos tampoco sé cuándo ni cuánto podría avanzar caso resultar de interés general y se pudiera convertir en un trabajo colaborativo entre algun@s con los debidos permisos de edición.
#10
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
PayPal también se apunta a no cobrar (antes sí, pero tendré que mirar cuánto) por enviar el saldo que puedas tener mediante transferencia inmediata gratuita a partir del 9 de enero: Actualmente así, para Cuenta Personal (desconozco para Cuenta Business) las tarifas de las inmediatas:
#11
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
Mi duda es, para transferencias grandes tipo "voy a transferir 100.000 euros" ¿como ira exactamente? Para cambiar de banco en una misma mañana puede ir genial
#12
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
Pero luego cada entidad puede poner su propio límite inferior a esos 100k máximos, el que decidan y podrán modificarlo las veces que quieran, incluso diferenciando límites entre sus clientes, que si premium o mindundis. Dudo mucho que algún banco español permita esos 100k de golpe. Ya los de IeNeGe parece ser que, incluso en ordinarias, ya están avisando a algunos que como máximo 15k. Si eso es en ordinarias, no quiero imaginarme en inmediatas.
#13
Re: Transferencia Inmediatas en 2025 - Reglamento (UE) 2024/886
Ambas, ordinarias e inmediatas conviven actualmente y, de hecho, se procesan por sistemas diferentes. Seguirán conviviendo. El Reglamento de la UE obliga a que no se pueda cobrar más comisiones por emitir una inmediata que por emitir una ordinaria, sin que en momento alguno se diga que las inmediatas sustituirán o extinguirán a las ordinarias.
Si van a tener que costar lo mismo parece razonable preguntarse qué sentido tendría elegir ordinaria en lugar de inmediata. Una ventaja de las ordinarias es que si todavía no ha llegado el dinero a la cuenta del beneficiario que tuviese en otro banco diferente, podría intentar anularse ya sea por error en el importe, en el IBAN o nombre del destinatario, etc. En cambio, como la inmediata llega en segundos al beneficiario, no son anulables por el banco ordenante. Lo hecho, hecho está. No hay oportunidad alguna para decirle a tu banco "anúlala por favor, que en el importe había añadido por error un cero de más a la derecha, que donde escribí 2000 tenía que haber puesto 200".
Para los tipos de transferencia que por su naturaleza se ejecutan tiempo después de ser ordenadas, las horas de corte entran de nuevo en acción. Existen algunas entidades que, muy excepcionalmente, facultan al cliente a deshacer esta operativa bien directamente desde la aplicación de banca on line o bien contactando con su gestor personal. Así, si realizamos la transferencia [ordinaria] después de la hora de corte y el banco no va a procesarla hasta el día siguiente; o si se hace antes de la hora de corte, tendrás hasta esa hora para cancelarla, siempre y cuando tu banco no se haya comunicado con el banco del beneficiario.