No son las mejores fechas, pero a ver si pudiese ir encontrando ratillos para ir actualizando el recopilatorio con vuestras aportaciones sobre datos contrastables. Gracias a tod@s.
Un par de cosas. Todos los bancos cuyo IBAN pertenezca a cualquiera de los Estados miembros del EEE tendrán, sí o sí, que ADMITIR LA RECEPCIÓN de transferencias inmediatas en euros, de las de verdad, inmediatas, o Instant SEPA como se diría internacionalmente, de esas que solo podrán tardar segundos en aterrizar al beneficiario a partir del 9 de enero. Se comentó antes caso Raisin, pues como su IBAN es DE**, pues le afecta también. Tendrá que poder recepcionar las inmediatas como muy tarde ese 9 de enero, dentro de 10 días.
Otra cosa es la obligación de EMITIR las inmediatas, que como tal obligación no se impondrá hasta el 9 de octubre, pero si se adelantan, como parece ser que se adelantarán algunas entidades, pues bienvenidas sean, siempre que no suban el precio de las transferencias ordinarias para así cobijarse en aquello de "pues cumplimos la norma, ya que por la inmediata cobramos los mismos 2 euros que por la ordinaria, que es lo que marca el Reglamento de la UE, que cuesten lo mismo unas u otras".