Muchas gracias Kos2 por tu respuesta, pero me plantea una duda: el hecho de "cerrar toda la posición" para poder compensar al año siguiente... ¿qué plazo de tiempo hay para cerrarla?
Es decir, ¿debo cerrarla el mismo día del incumplimiento de la regla, tengo dos meses para hacerlo... o tengo tiempo hasta que finalice el ejercicio fiscal?
Si tengo tiempo hasta el 31 de Diciembre (tal como supongo), ¿tengo que haber vendido todas las acciones este día (fin de año)?
Porque si es así, una vez cerrada esta posición debo suponer que no podría volver a comprar Grífols hasta el año siguiente, ¿es cierto?
Se agradece en este foro la amabilidad en las respuestas de personas como Kos2 o Bacalo, no como en otros foros donde predomina el insulto y el catastrofismo interesado.
Si alguien tiene respuesta a mis preguntas, rogaría me informase. Muchas gracias.