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Re: Abengoa levanta el vuelo
Un concurso culpable abriría la vía a consecuencias penales para los administradores afectados.
El artículo 335 del Texto Refundido de la Ley Concursal considera un motivo de prohibición de la presentación de una propuesta anticipada de convenio haber incumplido en alguno de los tres últimos ejercicios la obligación del depósito de las cuentas anuales. El artículo 444, establece que será motivo de presunción de culpabilidad en el concurso “si, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso, el deudor obligado legalmente a la llevanza de contabilidad no hubiera formulado las cuentas anuales, no las hubiera sometido a auditoría, debiendo hacerlo.
El responsable de formular las cuentas es el administrador concursal, según el artículo 115 de la misma ley y LE INTERESA QUE SE LAS APROBEMOS.
Aprobar el informe de remuneraciones de 2019, (parte de las cuentas de 2019) podría hacer que se entrase en colisión con la revocación acordada en 2020, porque el informe da como válida las remuneraciones recibidas conforme a lo fijado por el consejo celebrado el 25 de febrero de 2019 y ratificado en la junta general extraordinaria de marzo de 2019. Además, en las remuneraciones de 2019 se incluyó el pago de un bonus correspondiente a la remuneración de 2018 del entonces presidente ejecutivo, Gonzalo Urquijo.
Ese bonus, es de 954.000 euros de importe.
El artículo 335 del Texto Refundido de la Ley Concursal considera un motivo de prohibición de la presentación de una propuesta anticipada de convenio haber incumplido en alguno de los tres últimos ejercicios la obligación del depósito de las cuentas anuales. El artículo 444, establece que será motivo de presunción de culpabilidad en el concurso “si, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso, el deudor obligado legalmente a la llevanza de contabilidad no hubiera formulado las cuentas anuales, no las hubiera sometido a auditoría, debiendo hacerlo.
El responsable de formular las cuentas es el administrador concursal, según el artículo 115 de la misma ley y LE INTERESA QUE SE LAS APROBEMOS.
Aprobar el informe de remuneraciones de 2019, (parte de las cuentas de 2019) podría hacer que se entrase en colisión con la revocación acordada en 2020, porque el informe da como válida las remuneraciones recibidas conforme a lo fijado por el consejo celebrado el 25 de febrero de 2019 y ratificado en la junta general extraordinaria de marzo de 2019. Además, en las remuneraciones de 2019 se incluyó el pago de un bonus correspondiente a la remuneración de 2018 del entonces presidente ejecutivo, Gonzalo Urquijo.
Ese bonus, es de 954.000 euros de importe.