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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
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Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
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Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

 Vamos avanzando:  

Los jueces se rebelan contra la Audiencia y fallan a favor de los accionistas del Popular


Varios magistrados de primera instancia empiezan a dar la razón a los afectados por la quiebra, en contra del criterio fijado por el tribunal asturiano

José Luis Salinas Oviedo 11.05.2020 | 00:36
Una oficina del Banco Popular de la calle Uría, en una imagen de archivo. LUISMA MURIAS

Lío en los Juzgados asturianos a cuenta de las sentencias de los accionistas afectados por la quiebra del Banco Popular. La Audiencia Provincial, en un intento por unificar criterios, decidió que iba a tirar por tierra todas las reclamaciones de los afectados, dando la razón a la entidad financiera. Lo hizo, además, en una reunión celebrada el 6 de febrero y tras una votación entre los magistrados. Aquella decisión, así de primeras, dejó algo descuadrados a los abogados asturianos que estaban preparándose para presentar toda una avalancha de reclamaciones, que muchos han decidido guardar en un cajón. Y, sobre todo, sorprendió, porque iba justo en la dirección contraria de lo que estaba ocurriendo en el resto de España donde el criterio es, prácticamente unánime, a favor del consumidor. Pero, por lo que parece, aguas abajo, los jueces asturianos tampoco están demasiado de acuerdo con la decisión de la Audiencia. Son ya varios magistrados de primera instancia los que, a pesar del mandato, están fallando a favor de los consumidores, obligando al Santander (actual dueño del Popular) a tener que recurrir las sentencias.



De hecho, hasta que la Audiencia Provincial se pronunció en febrero, entre los jueces asturianos había pocas dudas. Casi de forma unánime le venían dando la razón a los consumidores. Por eso, la sorpresa fue aún más mayúscula entre los letrados que se dedican a este tipo de casos. En Asturias hay cientos de afectados.



El caso se remonta al 7 de junio de 2017, cuando el Popular pasó a manos del Santander por el precio simbólico de un euro. Esa depreciación dejó atrapados a miles de accionistas que vieron cómo el dinero que habían depositado en las distintas ampliaciones de capital llevadas a cabo por el banco perdía todo su valor. Al sentirse engañados por las promociones realizadas por la entidad para captar capital muchos vieron en la vía judicial el único camino para intentar recuperar su dinero.



El gijonés Rubén Cueto es uno de los abogados que más sentencias lleva ganadas en España representando a clientes que invirtieron en las ampliaciones del Popular. Ahora que la actividad judicial parece que vuelve a recuperarse tras el parón del coronavirus, está preparándose para presentar medio centenar de demandas. "Ninguna en Asturias", apunta. Pese a las discrepancias y resistencias que se ha encontrado la Audiencia entre los magistrados de primera instancia, aún no merece la pena. También está convencido de que las sentencias asturianas, probablemente, y tras diversas reclamaciones acaben en la mesa del Tribunal Supremo. Un lío.



El letrado ovetense Manuel Noval ha sido uno de los últimos en recibir una sentencia sobre el caso del Banco Popular en Asturias. Se la notificaron esta semana y en ella el Juzgado de primera instancia número uno de Oviedo, cuyo juez titular es Luis Cuadrado Fernández, le da la razón al accionista y obliga a la entidad a devolver a los 22.682,37 euros que había invertido en la ampliación de capital de 2016. No es la única sentencia que se desmarca de la opinión de la Audiencia. "En Asturias son ya varios los jueces de primera instancia que se han apartado de ese criterio", señala Noval. En concreto, ya lo ha hecho el Juzgado de primera instancia número uno de Gijón y el número 3 de Oviedo, al que ahora se suma esta nueva sentencia del número uno también en la capital asturiana. 

#5491

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Comunicado de Varona Legal
El pasado 5 de marzo el Juzgado de Primera Instancia Número 23 de Valencia dictó una sentencia a consecuencia de una demanda presentada por Varona Legal condenando al Banco Santander S.A. (entidad que absorbió a Banco Popular) a devolver a la clienta el dinero invertido en acciones compradas como consecuencia de la Ampliación del Capital de 2016.

La juez entiende que procede anular el contrato de compraventa por haberse suscrito con error en el consentimiento, dado que la entidad presentaba una imagen de solvencia y liquidez que no se ajustaba a la realidad. Es decir, que las cuentas contenían errores y omisiones que provocaron que los clientes tomaran la decisión de comprar acciones sin conocer la situación financiera real de Banco Popular.

De este modo, la clienta, confiando en la información que le proporcionó la entidad bancaria en el momento de la suscripción de las acciones, compró asumiendo un riesgo que en ningún momento se le explicó y que provocó la pérdida total y absoluta del capital invertido. El fallo de la sentencia es el siguiente:

Y es de destacar que, durante este confinamiento, la entidad bancaria ya ha consignado el importe de la condena en la cuenta de nuestra clienta, por lo que ésta ha visto resarcido todos los daños y perjuicios por los que reclamaba.

La Audiencia Provincial de Valencia ya ha resuelto sobre esta cuestión, lo que despeja completamente el camino (hasta hace unos meses, todavía algo turbio) a los afectados por la compra de acciones adquiridas como consecuencia de la Ampliación del Capital. En concreto, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 23 se basa para resolver el asunto planteado en la reciente Sentencia de la Sección Séptima, que a su vez se basa en Sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona y de Valladolid, concluyendo claramente que “la oferta de la ampliación de capital, integrada por el Folleto y los informes periódicos, así como la publicidad que se hizo por la entidad Banco Popular no reflejaba la realidad económica del Banco, se ocultaron y tergiversaron los datos ofreciendo la apariencia de un necesidad de capital limitada, para afrontar unos posibles riesgos de escasa entidad, pese a que, como se determinó escasos meses después, la situación era gravísima, provocando que los organismos internacionales acordaran la resolución de la entidad, y todo ello sin que durante ese periodo (de mayo de 2016 a junio de 2017) se produjese ningún hecho extraordinario que justificase que el Banco pasase a no ser viable, y sin que la entidad haya dado ninguna explicación coherente sobre ello, lo que nos permite concluir que fue debido a que la información que se ofreció para la ampliación de capital no era real.”

Tras quedar fuera de toda duda que Banco Popular falseó sus cuentas para colocar acciones a los pequeños inversores, el camino queda despejado para todos los afectados, que ahora sí podrán reclamar con todas las garantías todo el dinero perdido. Ya son varias las Audiencias Provinciales que han fallado en favor del cliente, pero era importante conocer la decisión de la Audiencia Provincial de Valencia que es quien, en la mayoría de los casos, acabará decidiendo sobre las compras efectuadas en las oficinas de la provincia.

#5493

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

gracias por la información
fui el "afortunado poseedor"de 10.000 acciones en dos lotes por valor de unos 6.000€.
Alguien me puede indicar como hacer una reclamación efectiva y barata? o unirme a un grupo que reclame siempre con el menor coste posible o mejor a porcentaje de lo recuperado

saludos
#5494

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

 

  Hola Moiself, tengo noticias de que tanto ASUFIN como GRUPO UNIVE, llevan  grupos de accionistas del Banco Popular.
Suerte





#5495

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Buenas noches.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Comisión Rectora del FROB ha acordado delegar en el presidente la competencia para solicitar el informe preceptivo del Consejo de Estado respecto de las propuestas de resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial por la resolución de Banco Popular el 7 de junio de 2017.
Los accionistas del banco que perdieron su inversión por la resolución de la entidad y su posterior venta a Banco Santander entienden que la Administración ha incurrido en responsabilidad patrimonial, por lo que tratan de obtener una indemnización a través de reclamaciones al FROB, al Ministerio de Economía, al Banco de España y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La última 'Memoria de actividades' del organismo recoge que, al cierre de 2019, se han cuantificado 1.070 solicitudes de inicio de procedimientos de responsabilidad patrimonial por la actuación llevada a cabo por el FROB en la resolución de Popular, de las que han sido resueltas un total de 299 peticiones.
El procedimiento administrativo común de las administraciones públicas señala que, para los expedientes que reclamen más de 50.000 euros, se requiere un informe del Consejo de Estado. Es la Comisión Rectora la competente para elevar al Consejo de Estado las propuestas de resolución de reclamaciones patrimoniales, al objeto de solicitar su informe, y para resolverlas una vez recibido dicho informe.
El acuerdo incluido en el BOE indica que se ha cedido al presidente, Jaime Ponce, la competencia para solicitar estos informes, aunque es la Comisión Rectora la que seguirá resolviendo las reclamaciones.
Con este trámite, el FROB agiliza el procedimiento de resolución de las reclamaciones patrimoniales por la resolución de Banco Popular.
https://www.elespanol.com/invertia/empresas/banca/20200709/frob-agiliza-tramites-agilizar-resolucion-reclamaciones-popular/503949991_0.html
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#5496

Re: Banco Popular (POP) Seguimiento del valor

Reclamaciones resueltas = reclamaciones rechazadas.
Agilizar el proceso de resolución = rechazar con mayor rapidez.
Ya han rechazado, perdón, quiero decir "resuelto" 299, el 30 %...