13/08/2018 09:55h Hecho Relevante
La Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de AB-BIOTICS, S.A., celebrada en primera convocatoria el 3 de agosto de 2018 con intervención notarial, en la sede de la Bolsa de Barcelona, con asistencia de accionistas poseedores de acciones que representan el 80,898% del capital social (concurren presencialmente accionistas que representan el 31,339% del capital social y accionistas debidamente representados que representan el 49,559% del capital social), ha aprobado con las mayorías suficientes de los asistentes todos los puntos del orden del día salvo el undécimo, relativo a la distribución o devolución parcial de la prima de emisión.
Fruto de ello el Consejo de Administración de la Compañía pasa a estar integrado por 9 consejeros, habiendo sido nombrados por la Junta como consejeros independientes tanto Don Juan Ramón Ramos Raich como Don Josep María Echarri Torres.
Asimismo, resultaron modificados los Estatutos Sociales de la Compañía como sigue:
- Se aprobó ampliar el objeto social añadiendo al apartado 2.1. del artículo 2 de los Estatutos Sociales un subapartado letra f) con la siguiente redacción: "f) La fabricación, exportación, importación, distribución y comercialización de productos sanitarios y dispositivos médicos". En consecuencia, en adelante, la redacción completa del artículo 2 de los Estatutos, será la siguiente:
"ARTÍCULO 2.- OBJETO SOCIAL.
2.1. Constituye el objeto de la Sociedad:
a) La investigación, el desarrollo, la innovación y la producción de soluciones biotecnológicas que mejoren la salud y el bienestar de las personas.
b) La comercialización, la distribución, la exportación y la importación de cualesquiera productos relacionados con los señalados en el apartado anterior.
c) El desarrollo, la adquisición, la transmisión, la cesión, la explotación y la comercialización de toda clase de derechos de propiedad industrial e intelectual.
d) La prestación de cualesquiera servicios relacionados con las actividades mencionadas en los anteriores apartados.
e) La prestación de servicios sanitarios en el ámbito de los análisis genéticos.
f) La fabricación, exportación, importación, distribución y comercialización de productos sanitarios y dispositivos médicos.
2.2. El objeto social podrá realizarse por la Sociedad, ya directamente, ya indirectamente, incluso mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico, análogo o parecido.
2.3. Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por la Sociedad.
2.4. Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional o autorización administrativa o inscripción en Registro Público de cualquier clase, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titulación profesional y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.".
- Se aprobó modificar el artículo 28 de los Estatutos Sociales que, en adelante, tendrá el siguiente tenor literal:
"ARTÍCULO 28.- RETRIBUCIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
28.1. El cargo de consejero de la Sociedad será retribuido.
28.2. La retribución de los consejeros consistirá en una remuneración anual y fija determinada, que incluirá dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración y de sus Comisiones ejecutivas y consultivas. El importe máximo de las cantidades que pueda satisfacer la Sociedad por este concepto al conjunto de los consejeros será fijado anualmente por la Junta General. Dicha cantidad, entre tanto no sea modificada por la Junta General, se incrementará anualmente en función del Índice de Precios al Consumo.
28.3. La distribución de los importes que correspondan en atención a lo establecido en el apartado 28.2 anterior entre los distintos consejeros corresponderá al Consejo de Administración. En este sentido la retribución de los distintos consejeros podrá ser diferente en función de su carácter o cargo.
28.4. Adicionalmente, y con independencia de la retribución contemplada en los apartados precedentes, se prevé el establecimiento de sistemas de remuneración referenciados al valor de cotización de las acciones o que conlleven la entrega de acciones o de derechos de opción sobre acciones, destinados a los consejeros. La aplicación de dichos sistemas de retribución deberá ser acordada por la Junta General de Accionistas, que determinará el valor de las acciones que se tome como referencia, el número de acciones a entregar a cada consejero, el precio de ejercicio de los derechos de opción, el plazo de duración de este sistema de retribución y demás condiciones que estime oportunas.
28.5. La retribución de los Consejeros con funciones ejecutivas consistirá en:
(i) Una retribución fija, que podrá ser satisfecha tanto en metálico como en especie (seguro médico), cuyo importe máximo deberá ser determinado por la Junta General;
(ii) Plan de Pensiones;
(iii) Indemnización en caso de cese; y
(iv) Una retribución variable conforme a la obtención de los objetivos individuales y empresariales pactados con la Sociedad la cual, en ningún caso, tendrá la consideración de una participación en los beneficios de la sociedad.
28.6. La Junta General fijará el importe máximo anual de la remuneración a percibir por los Consejeros con funciones ejecutivas, conforme a los anteriores conceptos retributivos, que permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación.
28.7. Asimismo, el Consejo de Administración deberá aprobar el contrato que se deberá suscribir entre el Consejero con funciones ejecutivas y la Sociedad con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros y la abstención del consejero afectado, tanto en la deliberación como en la votación. En el contrato se detallarán todos los importes y conceptos retributivos a percibir por el consejero en el desempeño de las funciones ejecutivas, de conformidad con lo previsto en los presentes Estatutos Sociales.
28.7. La Sociedad está autorizada para contratar un seguro de responsabilidad civil para sus consejeros.".
Destacar por último que se ha prorrogado el nombramiento de KPMG AUDITORES, S.L. como Auditor de Cuentas de la Compañía para el ejercicio 2018.
En Barcelona, 13 de agosto de 2018
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