Buenos días, disculpad de antemano que formule la consulta en este hilo pero no he encontrado uno específico.
En la ampliación de capital de DIA que empezará en breve ¿Cuál es la fiscalidad de la venta de derechos en el mercado cuando coticen?. ¿Se considera todo ganancia patrimonial como si el coste de adquisición hubiera sido cero?. Si fuera así, esta ganancia se podría compensar con pérdidas del ejercicio y si éstas no alcanzasen, con pérdidas de los ejercicios fiscales anteriores pendientes de compensar, ¿es correcto?.
Muchísimas gracias!.