Cellnex comunica la puesta en marcha de un Programa de Recompra de acciones de la Sociedad (el “Programa de Recompra”), sujeto a lo previsto en el Reglamento (UE) Nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado y por el que se derogan la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 2003/124/CE, 2003/125/CE y 2004/72/CE de la Comisión (el “Reglamento 596/2014”), y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento 596/2014 en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el “Reglamento Delegado 2016/1052”), así como demás normativa aplicable.
Las adquisiciones realizadas al amparo del Programa de Recompra se destinarán a la entrega a empleados según los distintos programas vigentes.
El Programa de Recompra tendrá las siguientes características:
- El importe monetario máximo asignado al Programa de Recompra será de hasta un máximo de siete millones de euros (7.000.000€).
- El número máximo de acciones a adquirir por la Sociedad en ejecución del Programa de Recompra será de 126.000 de acciones, que representan el 0,0259% del capital social actual de Cellnex.
- Las acciones se adquirirán a precio de mercado, de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado 2016/1052.
- Duración: El Programa de Recompra estará vigente por el plazo máximo de 1 mes, salvo que, con anterioridad a dicha fecha (i) se hubiera alcanzado el número máximo de acciones, (ii) se hubiesen adquirido acciones por el importe máximo indicado, o (iii) si concurriera otra circunstancia que así lo aconsejase.
El Programa de Recompra tendrá como gestor principal a Caixabank.
El Programa de Recompra se iniciará con la publicación de la presente comunicación de otra información relevante.
Cellnex comunicará todas las operaciones realizadas por la Sociedad al amparo del Programa de Recompra, de conformidad con la normativa vigente.
Del mismo modo, informará de la interrupción, suspensión, finalización o modificación del Programa de Recompra de la Sociedad.
Madrid, 20 de noviembre de 2020
(Publicado en la CNMV)