Si siempre que estén en la misma categoría. Desde haces dos años (ejercicio fiscal 2013) se distinguen las ventas de accs. y fondos que se han tenido en cartera menos de un año de los que se han tenido más de un año; van a casillase separadas. Entonces, se pueden compensar las pérdidas pasadas con pérdidas presentes si pertenecen a la misma categoria determinsada por el tiempo que se ha mantenido el valor en cartera (las pédidas de valores que se mantuvieron más de un año con los beneficiós de la que se mantvuieron más de un año y análogamente con las accs. que se mantuvieron menos de un año).
¿O hay nuevos cambios para el pasado ejercicio (que declararemos esta primanvera) o el actual (que declararemos el próximo año)?