Hola, muy buenos días.
Contra la Resolución del FROB, parece más recomendable presentar reclamación por daños y perjuicios. Hace 2 semanas la UE confirmó que las indemnizaciones que se establezcan por vía judicial respecto a esta resolución irían a cargo de la UE, lo cual indica que es bastante probable que se consigan indemnizaciones. Dejar claro que, en este caso, no se conseguiría recuperar el 100% del nominal, sólo una parte en concepto de INDEMNIZACIÓN.
Pero tiene varias cosas positivas:
- La UE ya contempla esta posibilidad (indemnizaciones) y hacerse cargo.
- Es una vía compatible con el resto: Civil y Penal.
- Posible y seguramente se resuelva antes del resto de vías.
La única pega que le veo a esta vía es que, en este caso, por lo menos Rúa Abogados, sí que precisa provisión (a fondo perdido). No es gran cosa, 100€ + IVA, pero es un dinero que hay que abonar de antemano y a fondo perdido. Eso sí, teniendo en cuenta que puede ser una inversión, no un gasto, pues es muy probable que la sentencia sea favorable a nuestro favor y nos genere indemnizaciones, compatibles con el resto de vías. En caso de sentencia favorable, ojo porque cada servicio jurídico puede cobrarte una parte proporcional de lo recuperado. En el caso de Rúa Abogados, en lugar del 5% que se cobra por la vía Civil, es del 10%. Pero en cualquier caso, creo que merece la pena intentarlo: hay elevada probabilidad de obtener sentencia favorable y al menos se recuperaría parte de la inversión, siendo además compatible con el resto de vías.
Pero plantear demanda en el sentido de intentar conseguir la
Nulidad de la Resolución de la JUR, parece
muy poco probable de que termine con sentencia
favorable a nuestros intereses.
Un cordial saludo.