Dudas y preguntas sobre el Modelo D-6
Abrimos este hilo para que los foreros puedan plantear sus dudas y preguntas o consejos acerca del Modelo D-6 que se debe presentar en el mes de enero por todos los inversores que dispongan valores depositados en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo la custodia del titular de la inversión.
Modelo D-6 | Declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero |
Obligatorio | Si, es sencillo |
Lugar | Ministerio de Economía, Industria y Competitividad |
Fecha de Presentación | Declaración de depósitos: en Enero, referido a 31 de diciembre del ejercicio anterior |
Declaración de operaciones(flujos): a 1 mes después de la operación | |
Formas de Presentar | Correo, registro en administración o telemática |
En el siguiente artículo pueden consultar más información acerca de su presentación telemática: ¿Qué es el modelo D-6?