Re: GOWEX
Lamentablemente ese dinero seguro que ya no está en España.
Lamentablemente ese dinero seguro que ya no está en España.
Lo que no se entiende es que Jenaro aun este campando, libre, y sus cuentas no se bloqueen. Lo de este país de políticos y funcionarios no tiene nombre... Quien coño volverá a invertir un duro mas en este país de pandereta, como dijo un alcalde de Jerez: LA JUSTICIA EN ESPAÑA ES UN CACHONDEO
Pues las autoridades deben exigirselo.
¿Todo perdido con Gowex? Además habrá que devolver la deducción fiscal del 20%
Deshacerse de acciones de Gowex compradas acudiendo a la ampliación de noviembre de 2012, por tanto aplicando una deducción que en el caso de Madrid es del 20%, antes de dos años implicaría tener que devolver la deducción junto con los intereses.
E. Ruiz-Hidalgo / www.invertia.com
Miércoles, 9 de Julio de 2014 - 17:36 h.
En el foro fiscal de INVERTIA se detalla el caso de una persona que quiere donar acciones de Gowex en Madrid a su hijo. El que entrega las acciones tiene una ganancia o una pérdida en IRPF por diferencia entre el valor de mercado de las acciones entregadas menos el valor de adquisición de esas acciones. Si el resultado es ganancia tributas por ella, si el resultado es pérdida no se tiene en cuenta para nada.
En el caso de que esas acciones se compraran acudiendo a la ampliación de noviembre de 2012 y se aplicara la deducción autonómica por inversión en empresas del MAB, deshacerse de esas acciones antes de dos años supondría, además, la obligación de devolver la deducción junto con los intereses.
DEDUCCIONES EN IRPF POR INVERSIONES EN EL MAB (MADRID)
Los contribuyentes podrán deducir de la cuota íntegra autonómica el 20 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones correspondientes a procesos de ampliación de capital o de oferta pública de valores, en ambos casos a través del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2005, con un máximo de 10.000 euros de deducción.
Para poder aplicar la deducción será necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que las acciones o participaciones adquiridas se mantengan al menos durante dos años.
b) Que la participación en la entidad a la que correspondan las acciones o participaciones no sea superior al 10 por 100 del capital social.
c) La sociedad en que se produzca la inversión debe tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid, y no debe tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario, de acuerdo con los requisitos establecidos.
Encima esto.
Buenos dias juan3.
Podrias indicar que has hablado con el y que dudas te ha aclarado y asi nos sirve a todos.
Gracias.
Para colmo comunicaban que estaban comprando acciones, mientras vendían y endiñaban acciones que sabían no valían nada a quienes compraban. Vaya jeta.
El anuncio realizado hoy por la empresa contrasta con otro hecho relevante publicado el pasado 14 de mayo. Entonces, Gowex indicó que Jenaro García y y otros miembros del equipo directivo de la empresa habían llevado a cabo compras de acciones del grupo en las semanas anteriores, "por si mismos o a través de sociedades controladas por ellos mismos, incrementando sus posiciones en la compañía".
No lo digo por ti eh Besugo si no en general. Creo que muchos de vosotros seguís subestimando la jugada de Jenaro y los que le conocemos desde hace muchos años ya sabemos lo que ha hecho. Jenaro no ha dado puntada sin hilo, sabe que le puede caer cárcel, pero no mucha. Ahora también sabe que cuando salga no va a poder trabajar en ningún sitio ni montar nada, y el dinero para no dar un palo al agua el resto de su vida ya lo tiene, para él y para dos jeneraciones más.
Lo siento mucho por los que habéis sido engañados pero es lo que hay, os han utillizado para el timo al estilo Gordon Gheko en la peli Wall Street, Jenaro ha estado buscando esto desde al menos que yo sepa 1999, y lo ha conseguido.