Re: Abertis, seguimiento del valor
Student :
Existe un régimen transitorio aplicable a las ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimoniles adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 .
Está recogido en la disposición transitoria novena ( Ley 26 / 2014 de 27 de noviembre ) por el que se modifica la Ley 35 / 2006 de 28 de noviembre, del Impuesto de la Renta de las personas físicas.
en efecto student, el contribuyente tiene obligación de saber el valor de compra de sus bienes y el valor de venta de los mismos, PARA DECLARARLO EN EL IRPF ; caso de no saberlo puede inventarse algo creible que suele ser lo que hace mucha gente y no suelen tener demasiados problemas si el invento es algo creible y bastante parecido a lo que sería la realidad si se conociera ...... pero si Hacienda revisa la declaración del IRpF puede , CON LA LEY EN LA MANO, pedirle al contribuyente que justifique documentalmente la fecha de compra y el valor de compra de un bien ; Hacienda si quiere puede aplicar el siguiente valor de compra : 0 € si, requerido por Hacienda , el Contribuyente no puede aportar documentos que justifiquen la fecha y el valor de compra