Hasta mejor opinión esto creo que es lo que pasa:
1º/ Si vendes tus derechos no te retienen, vale PERO eso no significa que no tengas que pagar. En tu declaración de IRPF deberás tributar por ellos. Lo que no me queda claro es por qué plusvalía.
2º/ Si recibes en efectivo te retienen, pagas ahora pero no pagarás luego vía irpf.
En cualquier caso recuerda que todas las retenciones son a cuenta, es decir, da igual si pagas ahora y luego, cuando haces la declaración de la renta te pones en paz. Si te retienen ahora mucho, luego pagarás menos, y al revés.
Por ejemplo, como sabes en las ipfs te retienen antes de pagarte, de forma que ya has tributado por eso (luego según tu situación personal puede pasar que tengas que tributar todavía más 21%, o que te devuelvan todo o casi todo lo tributado por eso). En la venta de acciones, si compras a 10 y vendes a 11, no te retienen nada, vale, pero cuando hagas la declaración tendrás que tributar por el euro que has ganado.
Incluso hay derechos que te dan acciones, y no pagas nada, pero cuando vendas esas acciones, si hay plusvalía entonces claro que tienes que pagar.
En principio creo que eso funciona así. A ver si algún parroquiano lo confirma.
Saludos!
Método, disciplina y tiempo