Tras una lectura rápida del BOE del viernes pasado, entresaco lo siguiente:
Al final de la pagina 61607 dice
"Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este real decreto-ley y, en particular, las siguientes:
a) El Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.
b) Los apartados dos bis y dos ter del artículo 3 del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
c) La disposición transitoria tercera y la disposición final tercera del Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero.
d) El apartado 1.3 y el anexo II del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero"
La llamada ley Salgado (que no es ley ni es ná, solo una pequeña parte de un decreto, Real, eso sí) fue lo que introdujo los apartados mencionados en el punto b) de la lista anterior, tal como estaban en vigor hasta el pasado viernes (ver BOE del dia 4 de junio de 2011).
Por tanto, en virtud del párrafo entrecomillado, creo que EN EFECTO ya no está en vigor la penalización de los depósitos introducida por la exministra Salgado.
Si alguien tiene un mejor criterio que lo diga, por favor.