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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#1601

Re: Rellenando el Modelo 720

- Las cuentas con representantes, autorizados, beneficiarios, personas o entidades con poderes de disposición, o titularidades reales, también pueden obligar a presentar el mod 720.
- Para cuentas conjuntas el límite no se duplica. Si las cuentas pasan de 50k, los 2 titulares deben presentar.
- En matrimonios en gananciales, los 2 deben presentar si juntos pasan de 50k aunque sólo uno de ellos sea titular de la cuenta.
  - Si los 2 son titulares de una cuenta conjunta cada uno declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 50%.
  - Si sólo uno es titular, éste declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y el cónyuge no titular declara con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%.
  - https://reaf.economistas.es/preguntas-y-respuestas-enviadas-por-email-720/ Pregunta nº 1 del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

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#1602

Re: Rellenando el Modelo 720

Copiado del enlace:

 Ni el editor ni los autores aceptarán responsabilidades ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en este artículo.

Lo mismo digo ;-)

Un saludo.
#1603

Re: Rellenando el Modelo 720

Hola, yo tengo una duda, os cuento:

Tengo deposito italiano en Raisin a 5 años por 49.999 €, hasta ahí bien no tengo que hacer el 720.

El problema es que el año que viene por temas de empresa, habrá un par de dias al año en el que se hará una compra ( y venta en el mismo dia) de unos 3.000 USD en acciones de una empresa extranjera en un broker americano... En el momento de la venta supongo que el efectivo se quedará en la cuenta del broker extranjero unos días hasta que haga la transferencia para sacar el dinero. Con eso entiendo que si la venta se hace en el 4T ya paso de los 50.000 en el 4T y tocaría hacer el 720, cierto?

Entonces me planteo hacer dos cosas, porque nunca he rellenado el 720:
1 - No hacer nada y si me llega la multa de 150 ó 250 euros la asumo.... que ya les valdría al pasarme por poco...
2 - Rellenar el 720 para este año 2023 declarando únicamente los 49.999 euros del depósito de Raisin... con eso entiendo que me "cubre" por 20.000 euros más y entonces aunque el saldo medio de los siguientes años en el 4T pase de 50.000 debido al broker.... no tendría que volver a hacer el 720 hasta que cancele el deposito a los 5 años, estoy en lo cierto?
3 - Rellenar el 720 del año 2024  declarando el deposito Raisin y la cuenta del broker... pero no tengo claro cómo va la cuenta broker o cómo se declara así que preferiría la opción 2 por ser más sencilla... lo que me dé menos trabajo.

Muchas gracias por anticipado
#1604

Re: Rellenando el Modelo 720

¿La cuenta del broker es tuya con tu propio IBAN o es colectiva como la moda actual?

Tendrías que esperar a que el broker te comunique los datos. El mod 720 tiene de plazo hasta el 31marzo.

Con la verdad se va a todos sitios. Declarar en el ejercicio 2023 el depo, cuenta Raisin y cuenta broker. Ya seguramente nuevo 720 hasta que venza el depo a menos que canceles las 2 cuentas.

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#1605

Re: Rellenando el Modelo 720

Muchas gracias por la ayuda Monillo.

Pues realmente la cuenta del broker no sé cómo es porque todavía no está abierta del todo, supongo que el año que viene la abren, sé que es una cuenta de "empresa" pero no sé si a cada empleado le hacen un SWIFT (al ser de EEUU no usan IBAN) o no... ¿si fuera un  SWIFT colectivo no hay que declararlo?

En el 2023 solo tengo los 49.999 del depósito, todavía no está la cuenta broker abierta. Por eso decía hacer el 720 del año 2023, aunque no me corresponda, porque es "sencillo".... y si con eso me cubro 20.000 euros más no haría falta declarar la cuenta broker cuando se abra en el 2024 porque apenas tendrá dinero durante 5 días... pero no sé si estoy equivocado.

O dicho de otro modo, si tengo un deposito extranjero por 51.000 euros tengo que hacer el 720, si el año siguiente contrato otro fondo extranjero diferente de 10.000 euros ¿tengo que volver a hacer el 720? ¿en teoría si no paso de 71.000 en total no tendría que volver a hacerlo no?
#1606

Re: Rellenando el Modelo 720

Deposito en Progetto:
Tiene un FDA distinto para cada deposito.
Tiene un iban ITxxxxxxxx distinto para cada deposito.
¿En el 720 se informa el FDA o el iban de cada deposito?

Deposito en Sistema:
Tiene un FDA distinto para cada deposito.
Tiene un iban ITxxxxxxxx que es el mismo para todos los depositos.
¿En el 720 se informa el FDA o el iban de cada deposito?

#1607

Re: Rellenando el Modelo 720

Yo pondría en ambos el FDA
#1608

Re: Rellenando el Modelo 720

Decir que el bloque de cuentas tiene su límite de 50k y el bloque de valores (acciones...) su límite diferente de 50k.

Para declarar lo que tengas en un broker extranjero en el mod 720, la cuenta de efectivo va al bloque de cuentas y las acciones al bloque de valores. Cada bloque con su límite de 50k particular.

Cuando se presenta el mod 720, sólo se rellenan los datos del bloque para el que se esté obligado. Si tienes valores por más de 50k y en todas las cuentas extranjeras menos de 50k, sólo te obliga a declarar por 1ª vez por el bloque de valores.

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