Buenos dias.
A cuenta del dicho 720 se me respondió en otro foro que estando casado en gananciales hacemos declaración conjunta IRPF, por si esto es un dato a tener en cuenta) si yo por.ejemplo tengo 40.000 euros a mi nombre en cuenta extranjero y mi mujer tiene a su nombre otros 40.000 euros en extranjero, hay que declarar:
Yo
Mis 40.000
50% 40.000 mi esposa = 20.000
Total a declarar yo en 720 = 60.000
Mi esposa
Sus 40.000
50% 40.000 míos = 20.000
Total a declarar mi esposa en 720 = 60.000
Ambos, al resultar 60000 euros (superior a 50.000), tendríamos obligación de presentar modelo 720 con este ejemplo numérico.
Pero luego leí que la cantidad que se tenga en extranjero desde 01 enero al 30 septiembre no importa, como si se tienen millones, que computa el último trimestre del año y el importe a 31/12.
Aquí entraria en juego, siguiendo con el ejemplo numérico anterior, qué importe se coge, dicho de otra manera esos 40.000 euros mios y 40.000 de mi mujer en extranjero si hay que imputar 40.000 solo si es el.importe a 31/12 o bien si es el.importe que ha estado los 3 últimos meses del año y en cambio de enero a septiembre (incluidos) podría haber mucho más saldo en extranjero pero no computa....
En resumen no sé si es muy osado por mi parte pero si podéis y queréis claro poner aquí alguna
pequeña guía de cómo se computan los importes en modelo 720, si es correcto en régimen de matrimonio en gananciales que cada cónyuge ha de computar de cara a calcular si se sobrepasan o no los 50000 euros el 100% de dinero del que es titular en extranjero + 50% del dinero del que es titular su cónyuge en extranjero....
Y así con ejemplos, de diversas situaciones p creo que con ejemplos es como mejor se entiende.
Muchas gracias y feliz año.