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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#1633

Re: Rellenando el Modelo 720

Estoy interesado en un depósito de CKV. ¿Qué tal tu experiencia?¿Has cobrado intereses?¿Te han hecho retención?
#1634

Re: Rellenando el Modelo 720

Este me vence pasado mañana.. ya te contaré. En ppio es sin retención por el acuerdo entre países si adjuntas la documentación correspondiente.
#1635

Re: Rellenando el Modelo 720

Si tienes menos de 50k en cryptos, no tienes que declarar. El modelo es el 721
#1636

Re: Rellenando el Modelo 720

Lo vencido o cancelado en 2023 no hay que ponerlo a menos que se haya declarado como alta antes en declaraciones anteriores.

Sólo se informa de las cuentas o depósitos vigentes a fecha del 31dic y también de aquellas canceladas en el ejercicio siempre que hayan sido informada su alta en declaraciones anteriores.

Si abres y cierras o vence en el mismo ejercicio, pues no se declara por no estar vigente el 31dic y porque nunca se había informado antes.

Yo declararé todos los depósitos o imposiciones de Raisin en el mod 720 usando el FDA.
Para las cuentas ya sean de Raisin o de otros bancos pondría el IBAN.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#1637

Re: Rellenando el Modelo 720

Un comentario aparte sobre 
Lo vencido o cancelado en 2023 no hay que ponerlo a menos que se haya declarado como alta antes en declaraciones anteriores.
Si no me equivoco, esto es el rollo más engorroso del 720. Cada año en el que venzan depósitos (o se cierren cuentas) en el extranjero, previamente declarados, hay que presentarlo, aunque no se superen los límites de 50.000. Cierto?
#1638

Re: Rellenando el Modelo 720

Duda: 
Si tengo que formalizar el 720 por superar los 50K a 31/12..
¿Debo declarar la cuenta Raisin aunque el saldo sea "0" ??..
Saludos y Gracias !!
#1639

Re: Rellenando el Modelo 720

Tienes que hacer el 720 si si se dan alguno de estos casos:
- Si el saldo medio del ultimo trimestre en el extranjero supera los 50.000€
- Si a  31 de diciembre  el saldo en el extranjero es superior a 50.000€

https://www.rankia.com/foros/depositos/temas/2602508-rellenando-modelo-720?page=187#respuesta_6019385

Para la obligación de presentar por primera vez el modelo 720, se computan sólo las cuentas vigentes a 31 de diciembre. Sólo de éstas, se suman todos los saldos a 31 de diciembre y todos los saldos medios del 4º trimestre. Si alguno de los 2 saldos pasan de 50k obliga a presentar en ese ejercicio.
- Hay que diferenciar la obligación de presentar el modelo 720, de la obligación de informar de una cuenta específica en el modelo 720 una vez que ya se está obligado a presentarlo.

El tener o no saldo no excluye de la obligación de ponerla en el 720.

Saludos desde Málaga.

#1640

Re: Rellenando el Modelo 720

Entiendo entonces que el trozo de bitcoin con valor de 108€ que tengo en vividbank no lo tengo que declarar ni en el 720 ni el 721?

Otra pregunta, en el broker Degiro no tengo una cuenta a mi nombre, es una cuenta comun de ellos, es la siguiente.

 DE071013080010192670XX , es una cuenta comun y luego ellos la ponen en mi cuenta de efectivo, tengo solo 1,27€, esto como se pone? 

gracias