No hay obligación de declarar en el modelo 720 las entradas y salidas de dinero en una cuenta a plazos (depósito) mientras se mantenga la titularidad del "código de cuenta" (IBAN) declarado anteriormente.
- Si declaras alta de una imposición por su FDA, cuando la imposición venza en el siguiente ejercicio, pierdes la titularidad de ese FDA y obliga a declarar poniendo "C".
- Si declaras alta de varias imposiciones agrupadas por su IBAN común, cuando una imposición venza en siguientes ejercicios, NO pierdes la titularidad de ese IBAN y no obliga a declarar por esta causa, aunque puede por otras. Sólo perderías la titularidad cuando venzan todas las imposiciones vigentes (no sólo las iniciales si se abren nuevas dentro de ese depósito). En este caso al seguir vigente el IBAN, se pone "M".
= La "C" sólo se puede poner cuando pierdes la titularidad del "Código de cuenta" declarado anteriormente.
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍